La finalidad de las subvenciones es fomentar y consolidar la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, así como promover la adecuada utilización del ocio, la calidad de vida y el bienestar de los jóvenes de la Comunidad Autónoma Gallega a través de proyectos integrales y específicos de actuación. (código de procedimiento BS306B).

Descarga Bases Reguladoras – DOG núm 22, 01-Febrero-2023
BENEFICIARIOS
  • a) Los grupos informales de jóvenes y chicas que deseen realizar una iniciativa juvenil.
  • b) Las asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y sus respectivas federaciones, siempre que, en el caso de estas últimas, el proyecto que presenten sea diferente del que presenten, si es el caso, las asociaciones juveniles o entidades prestadoras que formen parte de la federación.

REQUISITOS

  • 1. Las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud y sus respectivas federaciones deberán estar inscritas en el censo oficial dependiente organicamente de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado.
  • 2. Los grupos informales deberán estar formados por un mínimo de 5 y un máximo de 8 jóvenes o chicos con edades comprendidas entre los 18 y los 30 años. Una de estas personas asumirá el papel de representante único del grupo y con poder suficientes para cumplir los deberes que, como beneficiario, le corresponden al grupo. Será obligatorio que el grupo tenga una denominación que lo identifique. Las personas que lo compongan deberán de estar empadronadas en alguno de los municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Galicia en el momento de presentación de la solicitud.
  • 3. No podrá modificarse la composición del grupo una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
  • 4. No se admitirá que la misma persona forme parte o pertenencia la otro grupo o asociación, de ámbito autonómico o provincial, solicitante de estas ayudas.
ÁREAS DE ATENCION PRIORITARIA
  • a) Iniciativa Xove Emprendedora: proyectos que le permitan a la juventud poner en marcha sus ideas en el ámbito del emprendimiento y de la empleabilidad.
  • b) Promoción de hábitos saludables y prevención de conductas de riesgo o violentas entre la población juvenil, así como sensibilización y lucha contra cualquiera forma de discriminación, en especial contra la violencia de género.
  • c) Puesta en valor y promoción del Camino de Santiago y del fenómeno xacobeo.
  • d) Fomento de actitudes creativas e innovadoras de la juventud en su comunidad y en su entorno.
  • e) Fomento de la inclusión social y laboral y de la accesibilidad de los chicos y jóvenes pertenecientes a colectivos con dificultades de integración o especialmente vulnerables.
  • f) Promoción de sectores emergentes vinculados al sector TIC.
  • g) Fomento de la participación y del empoderamiento de las mujeres jovenes gallegas.
  • h) Promoción de actitudes y hábitos sostenibles y de concienciación sobre el cambio climático, así como de puesta en valor del patrimonio cultural y natural.
  • i) Desarrollo y dinamización del medio rural.
  • j) Dinamización de la lengua gallega entre la juventud.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
  • + El presupuesto total del proyecto que presenten las personas solicitantes no podrá ser superior a 5.000 €.
  • + Los proyectos deberán llevarse a cabo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • + En el caso de aquellos proyectos que, para su desarrollo, indiquen que precisan formación, se acreditará suficientemente que las personas docentes son competentes para impartir dicha formación.
  • + Cualquiera de las actividades desarrolladas serán de carácter gratuito para las personas destinatarias del proyecto y no podrán generarse ingresos por pago de cuotas, entradas u otros de similar naturaleza.
  • + Las actividades que constituyen el objeto del proyecto deberán realizarse de forma directa por la entidad o grupo beneficiaria y no podrán ser subcontratadas.

NO serán subvencionables las actividades que consistan en la celebración de conciertos o fiestas, excepto cuando estas formen parte de los proyectos e iniciativas juveniles subvencionables con una entidad menor en su conjunto.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza del proyecto presentado, resulten estrictamente necesarios para llevarlo a cabo y financien actividades realizadas desde lo 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2023.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 2 de febrero de 2023 hasta el 1 de marzo de 2023

CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía global de la convocatoria es de 400.000 euros. Se financia el 100% del proyecto, cuyo presupuesto no podrá ser superior a 5.000 euros.

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por orden de entrada)