Ayudas destinadas a apoyar proyectos de transformación digital orientados a la implantación y puesta en producción de soluciones digitales que proporcionen soporte a los procesos de una empresa, a sus relaciones comerciales y operativas con terceros y a su interconexión digital en la cadena de valor, así como proyectos de intercambio automatizado de datos entre una empresa gallega y otras empresas (Código de Procedimiento IG300C)

BENEFICIARIOS

PYMES, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.

No podrán tener la condición de personas beneficiarias:

  • 1. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad (excepto empresarios autónomos), que carezcan de personalidad jurídica propia, aunque realice actividad empresarial.
  • 2. Las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares bienes para los que solicitan la ayuda.
PROYECTOS SUBVENCIONADOS

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

  • Tipología 1ª: Interfaces y canales digitales de relación comercial y operativa con terceros.
    • - Implantación de interfaces, canales o soluciones destinados a digitalizar, automatizar o soportar interacciones operativas o comerciales con terceros, incluyendo clientes empresariales, proveedores y, en su caso, clientes finales, permitiendo la ejecución, registro, seguimiento y trazabilidad de transacciones, prestaciones o flujos estructurados de información, incluyendo, cuando proceda, el intercambio automatizado de datos mediante plataformas, EDI, API o mecanismos equivalentes, así como, cuando proceda, la contratación, reserva, pedido, pago, atención posventa o prestación digital de servicios, y su integración con los sistemas internos de la empresa. :
    • - Se incluyen proyectos orientados a la comercialización o prestación de nuevos productos o servicios, o a la implantación de nuevos modelos de negocio o de relación con el mercado, siempre que su materialización principal consista en la implantación efectiva de la solución digital y no en la mera definición comercial del modelo
    • Se encuadrarán en esta tipología: proyectos cuyo objeto principal sea la relación operativa o comercial con terceros mediante un canal digital externo, tanto en entornos B2B como B2C, siempre que se incorporen procesos operativos o transaccionales estructurados, verificables e integrados con la operativa de la empresa.
  • Tipología 2ª: Digitalización y automatización de procesos.
    • - Implantación de soluciones digitales orientadas a la ejecución, control, integración y mejora de un proceso o conjunto delimitado de procesos internos de la empresa, incluyendo, cuando proceda, la captación y tratamiento de datos y la interconexión de los elementos físicos y virtuales necesarios para el funcionamiento efectivo del proceso digitalizado, así como cuadros de mando operativos y funcionalidades de explotación del dato directamente vinculadas al proceso objeto del proyecto.
    • - Proyectos centrados en un proceso o ámbito funcional concreto, aunque utilicen módulos de un sistema existente. Cuando el objeto principal sea la implantación de una plataforma integral de gestión empresarial, el proyecto se encuadrará en la tipología 3ª.
  • Tipología 3ª: Sistemas de gestión integral.
    • - Implantación y puesta en producción de sistemas integrales de gestión empresarial y operativa, tales como ERP o soluciones equivalentes, que vertebren la información y los procesos de la empresa en varias áreas funcionales, incluyendo la parametrización, migración de datos, módulos imprescindibles e integraciones troncales necesarias para su funcionamiento efectivo.
    • - Podrán incluir funcionalidades de gestión comercial u operativa vinculadas a los procesos internos y a la integración con la plataforma. Las interfaces o integraciones con terceros solo se considerarán incluidas en esta tipología cuando sean complementarias a la implantación del sistema integral y no constituyan el objeto principal del proyecto.
  • Tipología 4ª: ASG instrumentado por tecnología.
    • - Implantación y puesta en producción de soluciones digitales orientadas a la captación, integración, monitorización, trazabilidad, cálculo, explotación y, si procede, reporte mediante indicadores verificables de información ambiental, social y de gobernanza, incluyendo, entre otros, consumos, residuos, huellas, cumplimiento y otros indicadores ASG.
    • - Proyectos cuyo objeto principal sea la implantación de un sistema o solución digital específica de medición, seguimiento o explotación del dato ASG, con alcance funcional propio y resultados verificables.
  • Tipología 5ª: Ciberseguridad para la operación digital de la empresa.
    • - Implantación de medidas y soluciones de ciberseguridad orientadas a garantizar la continuidad, fiabilidad, resiliencia y operación segura de los procesos, sistemas, activos e interconexiones digitales de la empresa, incluyendo, cuando proceda, actuaciones de análisis del alcance, configuración, integración, validación y estabilización inicial estrictamente necesarias para su puesta en funcionamiento.
    • - Proyectos cuyo objeto principal sea laimplantación efectiva de medidas o soluciones de seguridad con alcance funcional propioy puesta en funcionamiento real.
  • Tipología 6ª: Mejora de la función logística.
    • - Implantación de soluciones digitales aplicadas a la función logística y a la cadena de suministro, incluyendo, entre otros, aprovisionamiento, gestión de almacén e intralogística, planificación y ejecución de transportes, trazabilidad y visibilidad de envíos, coordinación con operadores y proveedores, integración e intercambio de datos con terceros, sensorización, automatización, robotización, geolocalización, simulación y optimización.
    • - Proyectos cuyo objeto principal sea la mejora de la función logística. Cuando la actuación afecte principalmente a un proceso interno no logístico, se encuadrará en la tipología 2ª, y cuando el objeto principal sea un canal digital externo de relación comercial u operativa con terceros, no específico de logística, se encuadrará en la tipología 1ª.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
  • 1. El importe subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €.
  • 2. Los proyectos deberán alcanzar por lo menos 40 puntos para poder optar a la concesión de la ayuda.
CUANTÍA DE LA AYUDA Y GASTOS SUBVENCIONABLES
  • 1. Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad (que para ser subvencionables deben contabilizarse en una cuenta contable del grupo 2) que sean necesarios para el desarrollo del proyecto, siempre que la tipología de la inversión resulte directamente relacionada con los correspondientes ámbitos de actuación. Las cuantías son:
    • 1.1. Las inversiones acogidas al artículo 14 del Reglamento (UE) nº 651/2014 (RGEC):
      • + 35 % para las pequeñas empresas.
      • + 25 % para las medianas empresas.
    • 1.2. Las inversiones acogidas al artículo 17 del Reglamento (UE) nº 651/2014 (RGEC):
      • + 35 % para las pequeñas empresas.
      • + 25 % para las medianas empresas.
  • 2. Los proyectos deberán alcanzar por lo menos 40 puntos para poder optar a la concesión de la ayuda.
  • 2. Servicios de consultoría externa de carácter tecnológico u organizativo, que para ser subvencionables deberán contabilizarse en una cuenta del grupo 6, estar directamente relacionados con la ejecución del proyecto, prestarse dentro de su plazo de ejecución y estar vinculados a su implantación y puesta en marcha. La cuantía es del 50% de ayuda para pequeñas y medianas empresas.
  • 3. Los gastos en licencias temporales, suscripciones y servicios en nube o en modalidad SaaS. La cuantía es del 50% de ayuda, aplicándose la prorrata temporal que corresponda.
PLAZO DE EJECUCIÓN

Hasta el 30 de junio de 2026.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 11/06/2026 hasta el 10/07/2026.

CONCURRENCIA COMPETITIVA
Descarga bases reguladoras DOG núm 107, 10-Junio-2026