La finalidad de las subvenciones es contribuir a mejorar la calidad de la vida local y fomentar y dinamizar el asociacionismo vecinal. (código de procedimiento PR487A).
BENEFICIARIOS
Asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el registro público correspondiente y asociaciones de mujeres rurales de Galicia (en adelante, entidades), para realizar inversiones, tanto de obra como de equipamientos, en inmuebles de su titularidad o de los cuales les corresponda el derecho de uso, y traídas de agua vecinales, con la finalidad de mejorar la calidad de vida local y fomentar y dinamizar la participación vecinal y la cohesión social, contribuyendo de esta forma a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la vecindad.
REQUISITOS
- 1. Las entidades deberán estar, en todo caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia (central o provincial), dependientes de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, y contener en su denominación la identificación como asociación de vecinos, federación, confederación o unión de asociaciones de vecinos o como asociación de mujeres rurales, según el caso.
- 2. Las comunidades de usuarios de aguas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el libro del Registro de Aguas del correspondiente organismo de cuenca como titulares del aprovechamiento de aguas para el que solicitan subvención.
- 3. No se admitirán las solicitudes de las entidades no inscritas en la fecha en que finalice el plazo de solicitudes.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde el 18 de enero de 2023 hasta el 17 de febrero de 2023
PRESUPUESTO
3.000.000,00 €