Ayudas para inversiones productivas en el ámbito de la acuicultura

Descarga Bases reguladoras para inversiones en productivas en el ámbito de la acuicultura – PE205F
DOG núm 13 del día 18 de enero de 2018
Serán beneficiarios de esta ayuda, Empresas acuícolas según lo dispuesto en lo artículo 46 del Reglamento UE 508/2014. Pueden ser personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas las fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la CCAA de Galicia
Requisitos:
- 1. No tener pendiente de pago ninguna obliga por reintegro de subvenciones ni sanción firme pendiente de pago por infracción de la normativa marítimo-pesquera.
- 2. No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- 3. No haber cometido infracciones graves.
- 4. En el marco de FEP o FEMP, no tener sido declarado culpable de cometer fraude.
- 5. No estar ni tener estado en los últimos 24 meses involucrado en la explotación, gestión o propiedad de buques incluidos en la lista comunitaria de buques INDNR o de buques que ni estén ni estuviesen en los últimos 12 meses enarborando el pabellón de países considerados terceros países no cooperantes.
- 6. No ser una empresa en crisis.
- 7. No haber cometido ninguno de los delitos establecidos en los artículos 3 y 4 de la Directiva 2008/99/CE.
- 8. En el supuesto de nuevas construcciones de bateas, tener una producción declarada en el año anterior al de la convocatoria que supere el 50% de la media de producción, de su especie, del polígono en la que se encuentre fondeada, según informe emitido por el Servicio de Análisis y Registros, teniendo en cuenta las bateas que forman la estructura o unidad de producción de esa especie del solicitante en dicho polígono. Se excluyen de este requisito las bateas experimentales.
- 9. Estar en posesión de un seguro de responsabilidad civil.
- 10. Estar en posesión de las perceptivas concesiones, autorizaciones, permisos o licencias para llevar a cabo las inversiones previstas.
- 11. Acreditar, el estar al día en las obligaciones tributarias, SS y Hacienda autónomica.
- 12. Nener capacidad administrativa, financiera y operativa.
Podrán presentarse microempresas, pequeñas y medianas empresas y grandes empresas
Proyectos subvencionables y Gastos subvencionables:
Acciones destinadas al fomento de una acuicultura sustentable desde una perspectiva ambiental basada en el conocimiento y competitiva:
- a) Inversiones productivas en la acuicultura.
- b) Diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
- c) Modernizar los centros acuícolas.
- d) Mejoras y modernización relacionadas con la salud y bienestar de los animales, incluida adquisición de equipamientos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes.
- e) Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
- f) Diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.
Presupuesto: 17.800.000 €.
Podrán presentarse microempresas, pequeñas y medianas empresas y grandes empresas.
Proyectos subvencionables y Gastos subvencionables:
Aacciones destinadas a inversiones que aumenten la eficiencia energética y fomenten la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables.
Presupuesto: 790.000 €
Podrán presentarse microempresas, pequeñas y medianas empresas.
Proyectos subvencionables y Gastos subvencionables:
Servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico para mejorar la competitividad de las explotaciones acuícolas y reducir el impacto ambiental negativo.
- a) Las necesidades en materia de gestión par permitir a las explotaciones acuícolas cumplir con la normativa de la UE y legislación nacional en materia de ambiente, así como ordenación de espacio marítimo.
- b) Evaluación de impacto ambiental.
- c) Las necesidades en materia de gestión para permitir a las explotaciones acuícolas cumplir con la normativa de la UE sobre salud y bienestar de los animales acuáticos o sobre salud pública.
- d) Las normas sobre salud y seguridad basadas en la normativa de la UE y nacional.
- e) La comercialización y las estrategias empresariales.
Estos servicios deberán ser prestados por organismos científicos o técnicos, así como por entidades que presten asesoramiento jurídico o económico, que cuenten con competencias necesarias reconocidas.
Cuando las operaciones consistan en inversiones en equipamientos o infraestructuras destinadas a garantizar el cumplimiento de los requisitos futuros relativos al ambiente, a la salud humana o a la sanidad animal e higiene o bienestar de los animales establecidos por la normativa UE, la ayuda podrá concederse hasta la fecha en que dichos requisitos sean de cumplimiento obligado para las empresas.
Presupuesto: 95.000 €.
Plazo de presentación de la solicitudes: 19 de febrero de 2018
Plazo de realización de la actividad subvencionable: Hasta el 15 de octubre de 2018
Cuantía subvencionable:
- 50 % para microempresas, pequeñas y medianas empresas.
- 30 % para grandes empresas.