
Esta ayuda tiene por finalidad procurar sendas de iniciación para la transformación de la industria tradicional hacia modelos tecnológicos avanzados, implementando medidas que fomenten un cambio de orientación general en las empresas existentes para favorecer modelos de negocio diferenciales basados en la innovación y en la tecnología. (Código Procedimiento: IG300C)

BENEFICIARIOS
1. Pequeñas y medianas empresas (pymes), que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.
2. Para ejecución de talleres: Organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia :
- + Entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que pertenezcan a una de las siguientes categorías: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa, clústeres empresariales o hubs de innovación digital al amparo de la Estrategia Gallega de HID.
- + Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
NO PODRÁN SER BENEFICIARIOS las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
PROYECTOS SUBVENCIONADOS
A. Proyectos colectivos en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- A.1 Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
- A.2 Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
B. Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- B.1 Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
- B.2 Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, big data y similares) y ciberseguridad.
- B.3 Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares).
Los proyectos colectivos tendrán preferencia sobre los individuales.
El importe subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €.
GASTOS SUBVENCIONADOS
- 1. Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte y equipo de oficina, excepto elementos informáticos.
- 2. Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
- 3. En los proyectos colectivos, si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto, hasta un máximo de 5.000 €o. Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.
- 4. En los proyectos 1º. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores. 2º Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad con importe subvencionable superior a 50.000 € y que sean coordinados por un hub de innovación digital de los seleccionados al amparo de la Estrategia gallega de HID, se podrá considerar subvencionable un importe máximo de 5.000 € (excluido el IVA) en concepto de esta coordinación.
- 5. Los organismos intermedios para la organización de los talleres:
- + Colaboraciones externas directamente relacionadas con la ejecución del proyecto, para la dirección y dinamización de los grupos de empresas.
- + Gastos de personal del organismo intermedio: Hasta un 10 % si la dirección y dinamización del taller se contrata a un colaborador externo o hasta el 100 % si la dirección y dinamización de los grupos de empresas la realiza el organismo intermedio con personal propio.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde el 30 de julio de 2022 hasta el 08 de septiembre de 2022 hasta las 14:00 horas.
PLAZO DE EJECUCIÓN
- Proyectos de digitalización de las empresas: Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de mayo de 2023.
- Ejecución de talleres: Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de mayo de 2023.
CUANTÍA DE LA AYUDA
- Para proyectos colectivos e individuales, el gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €:
- + 35 % de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25 % para las medianas.
- + 50 % de los gastos de colaboraciones externas subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas.
- Para organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia: 100% del gasto subvencionable hasta un máximo de 25.000 euros por proyecto.
PRESUPUESTO
- Digitalización de las empresas: 380.000 euros para el año 2022 y 4.620.000 para el año 2022.
- Ejecución de talleres: 20.000 euros para el año 2022 y 380.000 euros para el año 2022.