Proyectos de inversión empresarial en activos fijos (bienes de equipo y útiles para proveedores) que impliquen una ampliación de la capacidad de un establecimiento existente. El objeto de estas ayudas es estimular la puesta en marcha de proyectos de inversión empresarial en Galicia, con la finalidad principal de dinamizar la actividad económica y potenciar el mantenimiento y creación de empleo, así como la innovación, a través del desarrollo y mejora de las empresas existentes. (Código Procedimiento: IG287)

Descarga Extracto de Convocatoria – DOG núm 154, 12-Agosto-2022
Descarga Bases Reguladoras – DOG núm 154, 12-Agosto-2022
BENEFICIARIOS

Las PYMES que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren de alta en alguno de los sigu

EXCLUSIONES

  • 1. Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación de ayuda.
  • 2. Las empresas en crisis, de acuerdo con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014.
  • 3. Las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
  • 4. Las actividades de producción y primera comercialización de los productos agrícolas enumerados en el anexo I del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea y las actividades de transformación de productos agrícolas enumerados en el anexo I del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en productos agrícolas enumerados en dicho anexo I.
  • 5. Las actividades del sector del acero, del sector del carbón, del sector de la construcción naval, del sector de las fibras sintéticas, del sector del transporte, así como las infraestructuras conexas y la producción y distribución de energía y las infraestructuras energéticas.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Las inversiones en activos fijos que impliquen una ampliación de la capacidad de un establecimiento existente que impliquen un incremento mínimo de un 10 % de la capacidad productiva medida en unidades vendidas o en valor de producción. Los proyectos deberán tener un importe de inversión subvencionable igual o superior a 25.000 € y no superior a 900.000 €.

CONDICIONES DE LOS PROYECTOS:

  • + La empresa beneficiaria deberá realizar una aportación financiera mínima del 25 % de los costes subvencionables, mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
  • + La ayuda solicitada debe suponer un efecto incentivador para el proyecto presentado. La ayuda no debe subvencionar los costes de una actuación en la que la empresa incurriría en cualquier caso. A estos efectos, antes de iniciar el proyecto, el solicitante deberá haber presentado la solicitud de ayuda y, en su caso, de préstamo.
GASTOS SUBVENCIONABLES

Bienes de equipo: maquinaria de proceso, herramientas (incluidos los moldes, plantillas y troqueles) y otros bienes de equipo relacionados con el proceso productivo y el proyecto de ampliación de capacidad presentado. En ningún caso tendrán la consideración de bienes de equipo las obras necesarias para su instalación ni otros gastos accesorios, distintos del propio equipamiento facturado directamente por el proveedor. El número de bienes de equipo incluidos en la solicitud de ayuda no podrá ser superior a 3.

EXCLUSIONES:

  • 1. Las inversiones de reposición o mera sustitución de elementos, salvo que la nueva adquisición corresponda a elementos distintos de los anteriores, ya sea por la tecnología utilizada o por su incremento de rendimiento manifiesto, que estén vinculados con la tipología del proyecto subvencionable.
  • 2. Los costes de traslado de bienes de equipo que ya sean propiedad de la empresa.
  • 3. Los costes de adaptaciones a la normativa vigente, salvo los directamente relacionados con los elementos objeto de inversión.
  • 4. La adquisición de las instalaciones en las que la solicitante venga desarrollando su actividad en régimen de alquiler o derecho de uso de cualquier tipo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 16 de agosto de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022.

PLAZO DE EJECUCIÓN

12 meses desde la notificación de la resolución de concesión, sin que pueda exceder del 30 de septiembre de 2024.

CUANTÍA DE LA AYUDA

30% en caso de pequeñas empresas y 20 % en caso de medianas empresas.

PRESUPUESTO

11.000.000,00 €

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por orden de entrada)