Se acaba de publicar el RDL 30/2020, de medidas sociales en defensa del empleo que establece la ampliación de los ERTEs ya existentes y las medidas disponibles para las empresas afectadas por nuevas restricciones.

Primeramente es conveniente aclarar como afecta esta nueva normativa a la obligación de mantenimiento de empleo, para ello debemos recordar que el ERTE Covid del RDL 8/2020 establecía la obligación de mantener 6 meses a los trabajadores a contar desde la fecha de la reincorporación del primer trabajador, si el ERTE se realizó según el RDL 24/2020 el plazo de 6 meses se cuenta desde la entrada en vigor de este RDL y si lo que se hizo fue prorrogar el ERTE con exoneraciones conforme a este nuevo RDL se establece un nuevo período de 6 meses a contar desde que finalice el plazo de los 6 meses anteriores, es decir, en total un año.

Los ERTEs de fuerza mayor derivada de la Covid19 (regulados en el artículo 22 del RDL 8/2020) y que estén vigentes, se prorrogan automáticamente sin necesidad de ningún trámite, hasta el día 31/1/2021.