
Se trata de una experiencia piloto pionera en la Comunidad, ya que combina por primera vez formación e incentivos a la contratación para mejorar la situación profesional de la juventud. El proyecto pretende mejorar la situación profesional de los jóvenes gallegos. Los sectores objetivos del proyecto son la industria y el sector agroalimentario – TR349T
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DOG núm 69 de 9 de abril de 2019
DOG núm 69 de 9 de abril de 2019
Podrán beneficiarse de esta ayuda?
– Personas empleadoras y las empresas cualquiera que sea su forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, que contraten personas desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la CCAA de Galicia.
– Las empresas que tengan 50 o más personas trabajadoras deberán cumplir la cuota de reserva con discapacidad, conforme se de ocupación, por lo menos, al 2% de trabajadores con discapacidad.
REQUISITOS:
- * La persona trabajadora por la que se solicita la subvención debe ser menor de 30 años en el momento del inicio de la relación laboral.
- * Como consecuencia de la contratación indefinida inicial tiene que incrementarse el cuadro de personal fijo y neto de la empresa, en el ámbito territorial de Galicia, respecto a los tres meses anteriores al mes de realización de la contratación por la que se solicita la subvención.
- * Los incentivos serán de aplicación a todas las modalidades contractuales de carácter temporal a tiempo completo que se realicen con personas desempleadas jóvenes (incluir contrato de formación y aprendizaje). Como consecuencia de la contratación que se fomenta tiene que incrementarse el empleo neto de la empresa en el ámbito territorial de Galicia respecto a los tres meses anteriores al mes de contratación.
EXCLUSIONES:
- * Las relaciones laborales de carácter especial así como las contrataciones de trabajadores para prestar servicios en otras empresas mediante contratos de puesta a disposición.
- * Contrataciones realizadas con cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parentescos, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido, de los empresarios o personas que tengan cargos de dirección o sean miembros de órganos de administración. No será aplicable esta exclusión cuando la persona empleadora sea una persona trabajadora autónoma que contrate hijos menores de 30 años, tanto si convive o non con ella.
- * Las contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los 24 meses anteriores a la fecha de contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante contrato indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de substitución por anticipación de la edad de jubilación.
- * Las personas trabajadoras que finalicen una relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato excepto que dicha relación laboral finalizase por causa de un despido reconocido o declarado improcedente.
Qué proyectos se subvencionan?
- A. BONO DE CONTRATACIÓN: La contratación indefinida inicial y la contratación temporal a tiempo completo con una duración inicial de 12 meses de personas desempleadas jóvenes menores de 30 años. Se subvencionan contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
- B. BONO DE FORMACIÓN (opcional): acciones de formación que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionadas con el puesto de trabajo. La duración de la formación será de 70 horas en caso de contrataciones indefinidas y de 50 horas en contratos temporales. La formación será presencial y se realizará en los tres primeros meses desde el inicio del contrato.
Cúal será la cuantía de las ayudas?
- A. BONO DE CONTRATACIÓN:
- • Las contrataciones indefinidas iniciales tendrán un incentivo de 6.000 €. En caso de contratación en modalidad de fio-discontinuo la cuantía será proporcional al tiempo de trabajo.
- • Las contrataciones temporales tendrán un incentivo de 3.000 €.
Estas cuantías se incrementarán en un 25% en los siguientes casos:
- • Si es una empresa con más de 50 trabajadores y cuya tasa de estabilidad sea igual o superior al 70%.
- • Si la actividad de la empresa pertenece al ámbito de sectores estratégicos.
- B. BONO DE FORMACIÓN:
- • 4.000 € por cada persona contratada indefinida.
- • 2.000 € por cada persona contrata por medio de un contrata temporal.
Plazo de presentación de las solicitudes:
- • Para contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y el 9 de abril de 2019, el plazo será de 9 de junio de 2019.
- • Para contrataciones realizadas desde el 10 de abril, el plazo será hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral y con el límite del 30 de septiembre de 2019.
Presupuesto:
2.000.000 €
Concurrencia no competitiva