
Descarga bases reguladoras Fomento comercialización e impulso competitividad de la artesanía gallega – IN201G
DOG núm 23 del día 1 de febrero de 2018
Serán benificiarios de esta ayuda:
- 1. Titulares de talleres artesanales (personas físicas, jurídicas, CB) inscritas en el Registro General de Artesanía de Galicia.
- 2. Ayuntamientos gallegos.
- 3. Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos que cuando menos 10 de sus miembros figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.
TITULARES DE TALLERES ARTESANALES
Proyectos subvencionables y cuantía de la ayuda:
- a) Participación como expositor en ferias profesionales de artesanía nacionales o celebradas en el extranjero en las cuales no se realiza venta directa con retirada de mercancía.
– Subvención 80% con un máximo de 3.000 € por certamen. - b) Participación como expositor en ferias no profesionales de artesanía, que se celebren en mercados nacionales o internacionales.
– Subvención 80% de la inversión, superior a 500 €. Máximo de subvención 1.100 € por certamen. - c) Participación como expositor en acciones comerciales emergentes de carácter temporal y presentación de productos en pop ups, corners e showrooms.
– Subvención 80% de la inversión, superior a 500 €. Máximo de subvención 1.100 € por certamen.
Máximo de inversión en el conjunto de todas las actuaciones 8.000 €
Gastos subvencionable:
- 1. Alquiler del espacio expositivo, seguros y aquellos servicios de carácter básico y obligatorios.
- 2. Para actuaciones de la sublinea a) gastos de servicios de traducción y transporte internacional de material expositivo.
- 3. Para actuaciones de la sublínea b) gastos de contratación de servicios de transporte de material expositivo realizados por un transportista profesional o empresa de transporte.
ASOCIACIONES PROFESIONALES Y EMPRESARIALES DE ARTESANOS
Proyectos subvencionables y cuantía de la ayuda:
- a) Organización de ferias de artesanía en la CCAA de distintos oficios con un mínimo de 15 ediciones, incluyendo la edición en curso, que cuentes con un mínimo de un 80% de expositores de productos artesanales inscritos en el Registro de Artesanía.
Subvención: 80%. Máximo 15.000 € por certamen y 30.000 € máximo de subvención por el conjunto de actuaciones. - b) Participación como expositor en ferias profesionales nacionales o celebradas en el extranjero en que no se realice venta directa con retirada de mercancía.
Subvención: 80%. Máximo 7.000 € por certamen y 15.000 € máximo de subvención por el conjunto de actuaciones.
Gastos subvencionables:
- 1. Para actuaciones de la sublinea a) gastos de Infraestructura, servicios propiamente feriales y la publicidad.
- 2. Para actuaciones de la sublinea b) gastos de alquiler de espacio expositivo, seguros y aquellos servicios de carácter básicos y obligatorios, así como gastos de traducción y transporte internacional del material expositivo.
Presupuesto: 255.000 €.
Plazo de presentación de la solicitudes: 1 de marzo de 2018
La presentación se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático en caso de Ayuntamientos y las asociaciones profesionales y empresariales de artesanos.
Plazo de realización de la actividad subvencionable:
Desde el 1 de enero de 2018 al 31 de octubre de 2018, con excepción de los gastos efectuados en el año 2017 exigidos para la participación en eventos expositivos del año 2018.