Como les indicamos en nuestra circular del mes de julio el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, (BOE 27 de julio de 2022) cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos de manera que establece unos tramos de cotización en función del rendimiento neto de su actividad, y esta nueva normativa entre en vigor el día 1 de enero de 2023.

Si un autónomo está cotizando a día 31 de diciembre de 2022 por una base superior a la que le correspondería por sus rendimientos podrá mantenerla, por eso es importante que si Usted quiere cotizar por una base, a priori superior, no los haga saber antes del 30 de septiembre (efectos octubre), puesto que ese día finaliza el plazo para solicitar una base de cotización superior a la que a Usted la correspondería por sus ingresos y sería la única manera de que pudiese cotizar por esa base superior aunque sus rendimientos en 2023 sean inferiores.

Estamos ante un cambio radical para la cotización de los trabajadores autónomos y, que además, entrará en vigor, desde la publicación, en un tiempo bastante corto, con lo cual existen muchas lagunas que la casuística irá resolviendo. (Adjuntamos en el PDF a descargar la circular remitida en julio y nota de resolución de cuestiones adicionales).

MUY IMPORTANTE: LA AEAT ESTÁ REVISANDO A LOS AUTONOMOS COLABORADORES

Existen muchos familiares que en su día se dieron de alta en RETA como autónomos colaboradores del titular del establecimiento o de su Sociedad Limitada, y que, pese a que nosotros siempre lo recomendamos, no establecieron nómina ni retribución de ningún tipo,
pues bien, tenemos conocimiento de que AEAT está llamando a revisión a todos los contribuyentes que les consten cotizando en RETA y que no han declarado ningún tipo de rendimientos del trabajo, esto es, no tienen salario.

Si Usted tiene algún familiar en alta en autónomos, colaborando con Usted, y no tiene ninguna nómina ni retribución, le recomendamos, una vez mas, que establezca un salario y que se le confeccione una nómina, de lo contrario lo realizará AEAT con carácter retroactivo con sanción.