La Orden TMA/263/2020, de 20 de marzo, conforme a Resolución de 2 de abril de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, dicta las instrucciones para la distribución de las mascarillas en el ámbito del transporte terrestre.

Las empresas con autorización de ámbito nacional o autonómico para transporte público por carretera de mercancías o pasajeros no tienen que hacer nada mas que dirigirse a la oficina de Correos que le corresponda y llevar el DNI, en el caso de autónomos, y acreditación de la representación en el caso de personas jurídicas.

Los que realizan transporte terrestre urbano de viajeros con carácter público de competencia autonómica o local, y servicios de transporte de viajeros por ferrocarril prestados por las Comunidades Autónomas deben cumplimentar el modelo 2 habilitado por el Ministerio de Fomento y dirigirlo a sgatt@fomento.es

Para mas información Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

La Xunta de Galicia también va a habilitar un servicio de venta de mascarillas y guantes a empresas gallegas que las necesiten para su proceso productivo.