Ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de programación musical en la Red gallega de música en vivo en salas privadas habilitadas legalmente para organizar espectáculos musicales. Esta convocatoria pretende conjugar el papel que realizan las empresas y las salas
de música en vivo para desarrollar e incrementar la oferta cultural de música en las salas gallegas. (Código Procedimiento - CT302D )

BENEFICIARIOS

+ Empresas y las personas trabajadoras autónomas con sucursal, u oficina permanente, de por lo menos un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea y que promuevan servicios en el ámbito de la música en vivo, incluyendo promotores, mánagers y agentes, así como empresas de organización de eventos musicales, siempre que desarrollen su actividad habitual en Galicia.

+ Agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo el objeto de la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, siempre que cumplan con los requisitos anteriormente señalados.

NO podrán obtener la condición de persona beneficiaria:

  • a) Las personas o entidades en que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los términos previstos en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En todo caso, las personas solicitantes presentarán una declaración responsable de no estar incursas en tales circunstancias, conforme al modelo establecido en el anexo II de esta convocatoria.
  • b) Las asociaciones, fundaciones u otras formas jurídicas sin ánimo de lucro.

REQUSITOS:

Las personas solicitantes deberán acreditar que están dadas de alta en alguno de los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas relacionados con la actividad subvencionable de entre los que se enumeran a continuación, con una antigüedad de, al menos, 2 años consecutivos:

  • + 033-Actividades relacionadas con la música. Cantantes.
  • + 853-Profesionales relacionados con el espectáculo. Agentes de colocación de artistas.
  • + 965-Servicios recreativos y culturales. Espectáculos (excepto cine y deportes).
  • + 983-Agencias de colocación de artistas.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Se considera proyecto subvencionable la realización de una programación de conciertos de carácter profesional en salas privadas en Galicia para los años 2026 y 2027, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • 🔹Las salas receptoras de los conciertos que conforman el proyecto deberán tener la correspondiente licencia municipal que las habilita para el desarrollo de esta actividad o cualquier otro título que las habilite para realizar conciertos.
  • 🔹La persona solicitante, como promotora del proyecto, realizará un acuerdo contrato con las personas titulares de las salas, en el que se indique específicamente, además de las fechas y características de los conciertos, el precio del alquiler de la sala por todos y cada uno de los eventos que se vayan a celebrar en la misma como parte del proyecto presentado para ser subvencionado, que no podrá ser inferior a 400 euros (sin IVA).
  • 🔹Todos los conciertos que se presenten, en el marco del proyecto, tendrán que ser de pago, con un precio mínimo de 5 € por concierto (IVA incluido), y el resultado de la recaudación de la taquilla será íntegramente para la persona promotora.
  • 🔹El proyecto que se presente a esta convocatoria deberá constar de, por lo menos, 10 conciertos que deberán realizarse en, al menos, 5 salas diferentes situadas en 3 provincias de Galicia.
  • 🔹El proyecto deberá contener una programación con un mínimo del 80 % de formaciones musicales gallegas, tanto en número de formaciones como en porcentaje a la suma de los cachés, en la que se visibilizará de forma equilibrada la presencia de artistas femeninas gallegas.
  • 🔹La contratación artística tendrá un caché mínimo por solista o músico de 250 euros, incluidos todos los conceptos.
  • 🔹La persona solicitante, como promotora, no podrá presentar más de un 20 % de músicos o formaciones musicales de su agencia o de quien tenga encomendada la representación profesional.
  • 🔹El proyecto impulsará la carrera de nuevos artistas, entendiendo por tales, las personas solistas o formaciones musicales que hayan grabado y editado como máximo un solo disco. La participación de nuevos artistas será de un mínimo del 20 % de los artistas que conforman el proyecto.
CUANTÍA DE LA AYUDA

El crédito asignado a la financiación de esta convocatoria de subvención es de 400.000 euros distribuido en dos anualidades:

  • + Anualidad 2026: 200.000 €
  • + Anualidad 2027: 200.000 €

La intensidad máxima de la subvención será del 80% del presupuesto de gastos subvencionables, con un límite de 50.000 euros por persona solicitante.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 11 de diciembre hasta el 12 de enero de 2026​

CONCURRENCIA COMPETITIVA