Esta ayuda tiene por finalidad garantizar la continuidad de los oficios artesanales en Galicia y mejorar la empleabilidad y la inserción profesional de las personas desempleadas en estos oficios, a través de la formalización de contratos de formación para la obtención de práctica profesional. (Código Procedimiento TR353E)

BENEFICIARIOS
  • Talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles, que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

EXCEPCIONES

  • 1. Las administraciones públicas, las sociedades públicas, las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas, así como las entidades sin ánimo de lucro.
  • 2. Las personas empleadoras o empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • 3. Las personas autónomas que, a su vez, sean autónomas societarias solo podrán presentar una solicitud. En caso contrario, ambas solicitudes quedarán excluidas por incumplimiento de los requisitos establecidos.
  • 4. Aquellas que estén excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.

Los contratos tendrán una duración mínima de doce (12) meses y deberán ser a jornada completa.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 16/06/2026 hasta el 30/09/2026​​.​

PRESUPUESTO

1.000.000 €​

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por orden de entrada de solicitud)

 

Descarga bases reguladoras
DOG núm 106, 9-Junio-2026