Ayudas específicas para adquirir maquinaria y equipamiento con el fin de mejorar, ampliar y/o modernizar las empresas existentes que desarrollan actividades no agrícolas en zonas rurales, con el fin de reforzar el tejido empresarial en el territorio rural gallego y mejorar su competitividad, inducir a la generación de nuevos empleos, consolidar los existentes y, en última instancia, dinamizar la economía de los territorios rurales o poner en marcha nuevas actividades empresariales de carácter no agrícola en las aldeas modelo. (Código de Procedimiento MR708A)

BENEFICIARIOS
  • 1. Las microempresas y las pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales y constituidas con anterioridad al 1 de septiembre de 2024.
  • 2. Personas físicas que residan en una zona rural dadas de alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos con anterioridad al 1 de septiembre de 2024.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Adquisición de maquinaria y equipamiento con el objetivo de mejorar, ampliar y/o modernizar pequeñas empresas que desarrollan actividades productivas no agrarias en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:

  • + Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante lo anterior, las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.
  • + Transformación y/o comercialización de productos agrarios para este sector de actividad se excluirán aquellos proyectos con un presupuesto elegible superior a 100.000 €.
  • + Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios de maquinaria agrícola y forestal y de las empresas de servicios energéticos, así como de las empresas que presten servicios en los sectores de hostelería (incluyendo todo tipo de empresas de alojamiento turístico), hostelería y restauración.
  • + Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, granjas-escuela…).
  • + Actividades de ocio, recreativas y deportivas.
  • + Artesanía y actividades artesanales.
  • + Actividades basadas en la innovación tecnológica y en el comercio electrónico.
  • + Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.
  • + Comercio al por menor.
REQUISITOS
  • 1. No estar iniciados en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
  • 2. Desarrollarse en el territorio de Galicia fuera de las parroquias gallegas que se consideren densamente pobladas.
  • 3. Ser finalistas, es decir, que en el momento del pago final cumplan los objetivos y funciones para los que se les concedió la ayuda.
  • 4. Ajustarse a la normativa sectorial que resulte de aplicación para cada tipo de proyecto.
  • 5. Los proyectos deberán llegar al mínimo de inversión subvencionable y no pasarse del máximo de inversión subvencionable para su tipo de proyecto.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

Será subvencionable, la compra de bienes de equipo nuevos afectos a la actividad empresarial, y que sean necesarios para el desarrollo de la actividad productiva de la empresa.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 30 de Enero de 2025 hasta el 28 de Febrero de 2025

CUANTÍA DE LA AYUDA

Se subvencionará un 45 % de la inversión total. Por lo que la ayuda para una empresa normal será de entre 2.250 € y 112.500 €.

CONCURRENCIA COMPETITIVA
Descarga bases reguladoras
DOG núm 19, 20-Enero-2025