Ayudas para apoyar la continuidad y el mantenimiento de las casas del mayor ya existentes, fomentando el emprendimiento social orientado a la atención de personas mayores. (código de procedimiento BS212B).

QUIEN PUEDE SOLICITARLAS

Personas físicas que se establecieron como empresarias autónomas o que constituyeron cooperativas de trabajo asociado que hayan puesto en marcha una casa del mayor entre los años 2019 y 2024,

CUANTÍA DE LA AYUDA

La ayuda por el mantenimiento de la casa del mayor consistirá en una aportación económica de 25.400 €/año en forma de prima destinada a apoyar esta iniciativa emprendedora.​​

1. En el caso de que los/as beneficiarios/as de las ayudas de esta orden, optaran por asumir el desplazamiento de las personas usuarias, podrán percibir adicionalmente un máximo de 10 euros por persona usuaria y día.

2. En los casos de baja por maternidad o permiso de paternidad de la persona encargada del desarrollo de la actividad, se abonará un complemento de la prima de 150 € semanales durante el período que dure la baja.

3. En los casos de baja de larga duración de la persona encargada del desarrollo de la actividad no incluidos en el apartado anterior, se abonará un complemento de la prima de 150 € semanales a partir de la tercera semana de la baja, con un límite de cuatro semanas. Este complemento se podrá solicitar solo una vez al año por casa del mayor.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 22 de enero hasta el 23 de febrero de 2026​​

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por riguroso orden de entrada)
Descarga Bases Reguladoras – DOG núm 9, 15-Enero-2026