Ayudas específicas para inversiones destinadas a las asociaciones vecinales, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia, con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad de la vida local y fomentar y dinamizar el asociacionismo vecinal (Código de Procedimiento PR487A)

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas las asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el registro público correspondiente y asociaciones de mujeres rurales de Galicia (en adelante, entidades), para realizar inversiones, tanto de obra como de equipamientos, en inmuebles de su titularidad o de los cuales les corresponda el derecho de uso, y traídas de agua vecinales, con la finalidad de mejorar la calidad de vida local y fomentar y dinamizar la participación vecinal y la cohesión social, contribuyendo de esta forma a satisfacer las necesidades y aspiraciones del vecindario.

REQUISITOS

  • 1. Las entidades deberán estar, en todo caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia (central o provincial), dependientes de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, y contener en su denominación la identificación como asociación de vecinos, federación, confederación o unión de asociaciones de vecinos o como asociación de mujeres rurales, según el caso.
  • 2. Las comunidades de usuarios de aguas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el libro de Registro de Aguas del correspondiente organismo de cuenca como titulares del aprovechamiento de aguas para el que solicitan subvención.
  • 3. No se admitirán las solicitudes de las entidades no inscritas en la fecha en que finalice el plazo de solicitudes.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
  • + Línea 1: las obras de acondicionamiento, reforma y ampliación de los locales en que la entidad vecinal o de mujeres rurales desarrolle su actividad y las obras de mejora, reforma y reparación de las infraestructuras e instalaciones de las traídas de agua comunitarias, promovidas por comunidades de usuarios de aguas.
  • + Línea 2: la adquisición de equipamientos básicos de los locales, necesarios para el funcionamiento ordinario de la entidad, integrado por mobiliario, equipamientos de oficina, equipamiento informático o equipamiento acústico y audiovisual; y la adquisición de otro equipamiento o mobiliario para actividades específicas, que no tendrá carácter básico.
  • + NO SERÁN SUBVENCIONABLES los gastos corrientes de las entidades, tales como material fungible, luz, agua, teléfono, alquileres de locales y similares, ni la adquisición de elementos decorativos u ornamentales o la compra de teléfonos móviles.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 16 de enero hasta el 17 de febrero de 2025​​.​

CUANTÍA AYUDAS
  • + Línea 1: ayuda máxima de 12.000€
  • + Línea 2: ayuda máxima de 5.000€
CONCURRENCIA COMPETITIVA
Descarga bases reguladoras
DOG núm 9, 15-Enero-2025