AMPLIACIÓN PLAZO hasta 03/11/2023 Bonos Talento Empresa – TR302D

Los Bonos Talento Empresa se destinan a la realización de proyectos formativos de corta duración que tengan como objetivo mejorar las capacidades de las empresas y contribuir al desarrollo profesional de sus cuadros de personal. (código de procedimiento TR302D)

ORDEN Bases Reguladoras – DOG núm 138, 20-Julio-2023
EXTRACTO Convocatoria – DOG núm 138, 20-Julio-2023
BENEFICIARIOS
  • 1. Microempresas y pequeñas empresas y entidades del tercero sector de la acción social válidamente constituidas y con actividad ininterrumpida, cuando menos, desde tres años antes de la fecha de publicación de la convocatoria de esta ayuda.
  • 2. Personas trabajadoras autónomas que tengan contratadas a su cargo a personas trabajadoras por cuenta ajena, válidamente inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por cuenta propia, con una antigüedad como cotizante igual o superior a tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de esta ayuda.
CUANTÍA DE LA AYUDA

Atendiendo a la tipología de la actividad subvencionable la cuantía de la ayuda se determinará y se cuantificará a través de módulos, resultado de la suma de:

  • + 16,21 €/hora de formación por el nº de personas asalariadas de la entidad beneficiaria que realicen la acción formativa.
  • + 16,82 €/hora de formación para cubrir el salario abonado a las personas asalariadas por el número de personas asalariadas de la entidad solicitante que participen en la acción.

El gasto máximo subvencionable será la suma de los gastos máximos subvencionables de las acciones formativas que lo comprenden. La cuantía máxima de la subvención por entidad solicitante no podrá ser superior a 25.000 €.

Max. 70% del gasto subvencionable.

ACCIONES FORMATIVAS SUBVENCIONABLES
  • A) Acciones formativas, en modalidad presencial o teleformación, orientadas a la adquisición de competencias en los ámbitos de capacitación detectados cómo prioritarios en el marco de la Agenda Gallega de Capacidades para el Empleo::
    • A.1. Competencias digitales, desde la digitalización básica hasta la adquisición de competencias y conocimientos técnicos avanzados y la adquisición de conocimientos de tecnologías innovadoras o disruptivas, etc.
    • A.2. Competencias en procesos industriales en la manipulación de maquinaria especializada, conocimientos y técnicas de la construcción, técnicas de soldadura, instalación de componentes, diseño o interpretación de documentación o diagramas técnicos, etc.
    • A.3. Competencias vinculadas a la gestión empresarial, de gestión de personas y equipos (RR.HH. y gestión del talento, gestión de proyectos, etc.), gestión eficiente de los recursos, toma de decisiones, la planificación estratégica o la realización de tareas administrativas, financieras y contables, etc.
    • A.4. Competencias de prestación de servicios a clientes, tanto vinculadas a promocionar, vender y comprar productos o servicios como relativas a la atención al cliente (orientación y asesoramiento, satisfacción del cliente, asistencia postventa, gestión de reclamaciones, etc.) y a la atención telefónica..
    • A.5. Competencias del ámbito asistencial, en la prestación de cuidados (asistencia a personas enfermas, con problemas de movilidad y la mayores, entre otros), técnicas y conocimientos sanitarios, de diagnóstico o de medicina preventiva o de bienestar entre otros.
  • B). El proyecto formativo estará integrado por un máximo de tres acciones formativas, presentando un anexo II por cada una de ellas, detallando, entre otros: modalidad, objetivos, contenidos, duración, calendario, perfil de las personas participantes y de las docentes, pruebas de conocimientos, criterios de valoración, etc.)
  • C) Las acciones solicitadas no deben encontrarse incluidas en la oferta de formación recogida en el Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 21 de Julio de 2023 a las 00:00 horas hasta el 03 de Noviembre de 2023 a las 23:59 horas.​​

PLAZO DE EJECUCIÓN
  • + El período de realización de las acciones formativas subvencionables comprenderá desde la solicitud d la ayuda hasta el 30/11/2023, para aquellas acciones formativas que se desarrollen exclusivamente en el año 2023.
  • + Para las acciones formativas que se desarrollen entre 2023 y 2024, o exclusivamente en 2024, la fecha límite para la finalización de las acciones formativas será el 30/09/2024.
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por orden de entrada)

Ayudas a proyectos de inversión empresarial – IG253

Ayudas susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 y de los préstamos parcialmente reembolsables para la financiación de los proyectos de inversión empresarial. Apoyo financiero a proyectos de inversión empresarial, especialmente de las pymes, para promover el crecimiento sostenible, la competitividad y la creación y el mantenimiento del empleo. (código de procedimiento IG253)

ORDEN Bases Reguladoras – DOG núm 186, 29-Septiembre-2023
EXTRACTO Convocatoria – DOG núm 186, 29-Septiembre-2023
BENEFICIARIOS

Las PYMES que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren de alta en alguno de los siguientes CNAE: 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 38.2, 38.31, 38.32, 45.2, 45.4, 52.10, 52.24, 59, 61, 71.20, 77.31, 77.32, 77.39 y 82.92

EXCLUSIONES

  • + Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación de ayudas como consecuencia de una decisión de la Comisión Europea.
  • + Las empresas en crisis, de acuerdo con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014.
  • + Las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
  • + Las actividades de producción y comercialización agrícola primaria, las actividades del sector del acero, del lignito y del carbón, del sector del transporte, así como las infraestructuras conexas, la producción, almacenamiento, transporte y distribución de energía y las infraestructuras energética y el sector de la banda ancha.
  • + Las recogidas en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, se modifican los reglamentos (CE) nº 1184/2006 y (CE) nº 1224/2009 del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo.
  • + Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007 o incumplan las obligaciones del artículo 11 de la citada ley.
  • + Las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
  • 1. Creación de un nuevo establecimiento:
    • 1.1. Creación de un primer establecimiento.
    • 1.2. Creación de un nuevo establecimiento en otra ubicación diferente o por traslado con ampliación de la capacidad productiva.
  • 2. Ampliación de capacidad de un establecimiento existente. Deberá alcanzarse, una vez finalizadas las inversiones, un incremento mínimo de un 10 % de la capacidad productiva medida en unidades vendidas o en valor de la producción.
  • 3. Diversificación de la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo, la inversión subvencionable deberá superar el 200 % del valor neto contable de los activos que se reutilizan, de acuerdo con los registros del balance de situación de las cuentas anuales correspondientes al último ejercicio económico cerrado a la fecha de presentación de la solicitud.
  • 4. Cambio fundamental en el proceso global de producción del producto o productos afectados por la inversión en el establecimiento, supondrán la implementación de una innovación en el proceso global de producción que impliquen el uso por primera vez de métodos de organización que incluyan mejoras en las rutinas y procedimientos de gestión del trabajo, de los sistemas de producción o la integración de áreas funcionales de la empresa

Condiciones de los proyectos:

  • - Los proyectos de esta tipología para los que se solicita la ayuda deberán tener un importe de inversión subvencionable igual o superior a 50.000 € y no superior a 900.000 €.
  • - La empresa beneficiaria deberá realizar una aportación financiera mínima del 25 % de los costes subvencionables, mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
  • - La ayuda solicitada debe suponer un efecto incentivador para el proyecto presentado. La ayuda no debe subvencionar los costes de una actuación en la que la empresa incurriría en cualquier caso. A estos efectos, antes de iniciar el proyecto, el solicitante deberá haber presentado la solicitud de ayuda y, en su caso, de préstamo.
GASTOS SUBVENCIONABLES
  • 1. Obra civil y otros conceptos inmobiliario::
    Nueva construcción, reforma o rehabilitación de instalaciones llevadas a cabo sobre inmuebles o terrenos propiedad de la solicitante, o sobre los que la solicitante tenga un derecho de superficie o una concesión administrativa –otorgadas por entidades no vinculadas al solicitante– con una vigencia mínima de 5 años a contar desde la fecha estimada de finalización del proyecto indicada establecida en la resolución o acuerdo de concesión. El límite de coste subvencionable para cada concepto de inversión de obra civil nueva será el que resulte de la aplicación de los siguientes módulos:

    El límite de coste subvencionable por cada concepto de inversión de obra civil en reforma o rehabilitación será el que resulte de la aplicación de los módulos anteriores multiplicados por 0,60.
  • 2. Reformas de instalaciones llevadas a cabo en inmuebles alquilados por persona o entidad no vinculada con la persona solicitante. El arrendamiento deberá tener una vigencia mínima de 5 años a contar desde la fecha de finalización del proyecto que figure en la resolución o acuerdo de concesión. El límite de coste subvencionable por cada concepto de inversión de la reforma será el que resulte de la aplicación de los módulos detallados en el apartado anterior multiplicados por 0,60.
  • 3. Adquisición de edificaciones o construcciones nuevas o usadas. El precio de adquisición no podrá superar el valor de mercado. El importe de la construcción que podrá considerarse subvencionable será el menor entre el importe indicado en el informe de tasación y el valor de adquisición. En el caso de adquisición de edificaciones o construcciones usadas, además, estas no podrán haber sido objeto de ninguna subvención autonómica, nacional o comunitaria.
  • 4. En los casos de construcciones por cambio de emplazamiento dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia, el coste subvencionable máximo será el que resulte de la diferencia entre el precio de adquisición de los nuevos activos, una vez aplicados los módulos y criterios recogidos en el apartado anterior, y el valor de los del antiguo emplazamiento, según informe de tasación suscrito por sociedad de tasación homologada, siempre y cuando las instalaciones que se abandonen sean propiedad de la persona solicitante o de sus socios mayoritarios, directa o indirectamente.
  • 5. Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.
  • 6. Otras inversiones en activos fijo: mobiliario, equipos para procesos de información y envases o embalajes que, por sus características, deban considerarse como inmovilizado.
  • 7. Aplicaciones informáticas directamente vinculadadas con el proceso productivo que cumplan los siguientes requisitos:
    • + Utilización exclusiva en el establecimiento beneficiario de la ayuda.
    • + Ser amortizables.
    • + Adquisición en condiciones de mercado a terceros no vinculados con el comprador.
    • + Deben formar parte del activo de la empresa y permanecer vinculados al proyecto subvencionado durante, al menos, 3 años.
  • 8. Adquisición de activos de un establecimiento: La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que cerró o que cerraría si no se hubiera adquirido será subvencionable siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
    • + Que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador.
    • + Que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no fueron objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.
    • + Que el precio no sea superior al valor de mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante informe de tasación suscrito por sociedad de tasación homologada.

El importe que se subvencionará en el conjunto de inversión de obra civil y otros conceptos inmobiliarios será, como máximo, el triple la inversión subvencionable en bienes de equipo.

EXCLUSIONES

  • 1. Las inversiones de reposición o mera sustitución de elementos, salvo que la nueva adquisición corresponda a elementos distintos de los anteriores, ya sea por la tecnología utilizada o por su incremento de rendimiento manifiesto, que estén vinculados con la tipología del proyecto subvencionable.
  • 2. Los costes de traslado de bienes de equipo que ya sean propiedad de la empresa.
  • 3. Los costes de adaptaciones a la normativa vigente, salvo los directamente relacionados con los elementos objeto de inversión.
  • La adquisición de las instalaciones en las que la solicitante venga desarrollando su actividad en régimen de alquiler o derecho de uso de cualquier tipo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 02 de octubre de 2023 a las 08:00 horas hasta el 31 de octubre de 2023 a las 14:00 horas.​​

PLAZO DE EJECUCIÓN

Desde la presentación de la solicitud hasta el 31 de marzo de 2026.

CUANTÍA DE LA AYUDA

3.000.000,00 euros

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por orden de entrada)

NOVEDADES!!! Subvenciones año 2023

Listado de subvenciones cuyo plazo de presentación de solicitudes aún está abierto. Si necesita más información no dude en visitar nuestras oficinas o si lo prefiere póngase en contacto con nosotros a través de los medios que ponemos a su alcance. T: 986 541 061, W: 629 760 850, E: subvenciones@asemega.es

1. NUEVA!!!! En plazo: Abierto todo el año

CONVOCATORIA de subvenciones para la concesión directa de becas y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas de formación profesional para el empleo del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal o del Repertorio nacional de certificados de profesionalidad correspondientes a los ejercicios 2023 y 2024 (código de procedimiento TR301V).

2. En plazo: 25/10/2023 00:00 - 24/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones ayudas destinadas a la cofinanciación de los servicios de comedor escolar gestionados por las asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros públicos no universitarios dependientes de esta consellería, para el curso académico 2022/23 (código de procedimiento ED601A).

3. En plazo: 28/10/2023 00:00 - 27/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o la construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo (código de procedimiento MR406B).

4. En plazo: 28/10/2023 00:00 - 27/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones para inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción (código de procedimiento MR406C).

5. En plazo: 28/10/2023 00:00 - 27/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones para la concesión directa de becas y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas de formación profesional para el empleo del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal o del Repertorio nacional de certificados de profesionalidad correspondientes a los ejercicios 2023 y 2024 (código de procedimiento TR301V)

6. En plazo: 28/10/2023 00:00 - 27/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones para proyectos colectivos de modernización de las infraestructuras de los puertos pesqueros, de las lonjas o establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros y de los lugares de desembarque, para la mejora de la eficiencia energética, de la protección del medio ambiente, de la seguridad y de las condiciones de trabajo, de la calidad y del incremento del control y de la trazabilidad de los productos desembarcados procedentes de la pesca y de la seguridad de las infraestructuras frente a eventos meteorológicos provocados por el cambio climático, cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (Fempa) (código de procedimiento PE209G).

7. En plazo: 29/09/2023 08:00 - 28/11/2023 14:00

CONVOCATORIA de subvenciones a la inversión para infraestructuras locales (Programa centros de fabricación avanzada), susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se convocan en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG408C)

8. En plazo: 01/11/2023 00:00 - 30/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones para realizar el Programa de formación dual para personas con discapacidad intelectual en los centros especiales de empleo (CEE) y se efectúa su convocatoria plurianual (2023 a 2026) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento TR341X).

9. NUEVA!!!! En plazo: 01/11/2023 00:00 - 30/11/2023 23:59

CONVOCATORIA de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en los ejercicios 2023 y 2024 (código de procedimiento TR852B)

10. NUEVA!!!! En plazo: 04/11/2023 00:00 - 04/12/2023 23:59

CONCESIÓN de ayudas destinadas al fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR323C).

11. NUEVA!!!! En plazo: 10/11/2023 00:00 - 11/12/2023 23:59

CONCESIÓN de ayudas económicas para compensar los gastos del servicio de comedor de las escuelas infantiles 0-3 dependientes de entidades privadas de iniciativa social para el curso 2023/24, y si procede a su convocatoria (código de procedimiento BS420F)

12. NUEVA!!!! En plazo: 25/10/2023 08:00 - 15/12/2023 14:00

CONVOCATORIA de subvenciones para facilitar la financiación de la adquisición de uva por las bodegas de elaboración de vino acogido a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas vitivinícolas gallegas para la campaña 2023, y se convoca para el año 2023 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG408F).

13. AMPLIACIÓN PLAZO!!!! hasta el 30 /11/2023

AMPLIACIÓN del plazo de ejecución y justificación de las inversiones establecido en la Orden de 11 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia para dotación de aulas digitales, financiadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la Unión Europea en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023
(código de procedimiento ED301K).

14. MODIFICACIÓN!!!!

RESOLUCIÓN de 11 de septiembre 2023 por la que se modifica la Resolución de 20 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, al amparo de los fondos NextGenerationEU y del Mecanismo de recuperación y resiliencia del Reglamento UE 2021/241, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento CT404E).

15. MODIFICACIÓN!!!!

ORDEN de 18 de septiembre de 2023 por la que se modifica la Orden de 26 de enero de 2022 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas del mayor y la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los años 2022 y 2023, y se procede a su convocatoria (códigos de procedimiento BS212A y BS212B)

16. MODIFICACIÓN!!!!

ORDEN de 13 de septiembre de 2023 por la que se modifica la Orden de 12 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones para la realización de programas de empleo para personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil (formación y aprendizaje) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2023 y 2024, cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027 (código de procedimiento TR353B).

17. MODIFICACIÓN!!!!

ORDEN de 18 de septiembre de 2023 por la que se modifica la Orden de 22 de marzo de 2021 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas del mayor y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para los años 2021, 2022 y 2023 (código de procedimiento BS212A).

18. REQUERIMIENTOS!!!!

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se publican los requerimientos de enmienda de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 28 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral, por reducción de la jornada de trabajo como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI440A)