Convocatoria de dos becas de formación en la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la Dirección General de Comercio y Consumo, que tienen como finalidad que las personas que tengan una titulación universitaria de licenciada/o o de grado complementaran los conocimientos teóricos adquiridos en sus estudios con una formación práctica que les permitiera afrontar con mayores garantías su futuro profesional. (Código procedimiento IN225A)

Bases Reguladoras – DOG núm 77, 21-Abril-2023
BENEFICIARIOS

Personas que tuvieran una titulación universitaria de licenciada/o o de grado.

REQUISITOS

Podrán optar a la concesión de estas becas las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

  • a) Tener nacionalidad española o ser nacionales de cualquiera Estado miembro de la Unión Europea, así como estar domiciliada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • b) Acreditar un conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4.
  • c) Estar en posesión de algún título universitario de licenciada/o, arquitecta/o, ingeniera/o o de grado. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y haber finalizado los estudios conducentes a él en el año 2014 o posterior.
  • d) No disfrutar anteriormente de otra beca de formación en la Dirección General de Comercio y Consumo, excepto que en el conjunto de las convocatorias anteriores disfrutaran de la bolsa por un período de tiempo no superior a 5 meses.
  • e) No haber renunciado a las becas de formación en la Dirección General de Comercio y Consumo en la anterior convocatoria.
  • f) No tener empleo remunerado.
  • g) No disfrutar de cualquier otra beca o ayuda, salvo el subsidio por desempleo.
  • h) No padecer ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becaria/o.
  • i) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, de 25 de junio).
DOTACIÓN ECONÓMICA

Cada beca estará dotada con un importe máximo de 9.000,00 € brutos, distribuidos en pagos mensuales, a razón de 1.200,00 € brutos al mes.

CENTRO DE FORMACIÓN Y JORNADA

La formación tendrá lugar en las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo en jornada de mañana.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 22 de abril de 2023 hasta el 22 de Mayo de 2023.​​

CONCURRENCIA COMPETITIVA