Convocatoria de dos becas de formación en la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la Dirección General de Comercio y Consumo, que tienen como finalidad que las personas que tengan una titulación universitaria de licenciada/o o de grado complementaran los conocimientos teóricos adquiridos en sus estudios con una formación práctica que les permitiera afrontar con mayores garantías su futuro profesional. (Código procedimiento IN225A)
BENEFICIARIOS
Personas que tuvieran una titulación universitaria de licenciada/o o de grado.
REQUISITOS
Podrán optar a la concesión de estas becas las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
- a) Tener nacionalidad española o ser nacionales de cualquiera Estado miembro de la Unión Europea, así como estar domiciliada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- b) Acreditar un conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4.
- c) Estar en posesión de algún título universitario de licenciada/o, arquitecta/o, ingeniera/o o de grado. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y haber finalizado los estudios conducentes a él en el año 2014 o posterior.
- d) No disfrutar anteriormente de otra beca de formación en la Dirección General de Comercio y Consumo, excepto que en el conjunto de las convocatorias anteriores disfrutaran de la bolsa por un período de tiempo no superior a 5 meses.
- e) No haber renunciado a las becas de formación en la Dirección General de Comercio y Consumo en la anterior convocatoria.
- f) No tener empleo remunerado.
- g) No disfrutar de cualquier otra beca o ayuda, salvo el subsidio por desempleo.
- h) No padecer ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becaria/o.
- i) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, de 25 de junio).
DOTACIÓN ECONÓMICA
Cada beca estará dotada con un importe máximo de 9.000,00 € brutos, distribuidos en pagos mensuales, a razón de 1.200,00 € brutos al mes.
CENTRO DE FORMACIÓN Y JORNADA
La formación tendrá lugar en las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo en jornada de mañana.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde el 22 de abril de 2023 hasta el 22 de Mayo de 2023.