El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas para proyectos de cooperación interterritoriales y trasnacionales dentro de la Unión Europea de los grupos de acción local del sector pesquero para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca en el marco del FEMP 2014-2020 al amparo de las estrategias de desarrollo local participativo. – Códigos de procedimiento: PE155A.

Descarga bases reguladoras – DOG núm 15, 25-Enero-2021
Beneficiarios

A. Para PROYECTOS PRODUCTIVOS:

Personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • a. Estar empadronado o tener el domicilio social y fiscal en algún ayuntamiento del ámbito territorial del GALP correspondiente.
  • b. Desarrollar el proyecto en el mismo ámbito territorial.
  • c. Cuando la empresa sea una sociedad, el proyecto deberá adecuarse al objeto social que se recoja en los estatutos.
  • d. En el caso de municipios densamente poblados en los que la EDLP no computa la totalidad de la población, podrán ser beneficiarios:
    • d.1. Las personas jurídicas y las personas físicas integrantes del sector pesquero y sus familias.
    • d.2. Las entidades públicas locales cuyos proyectos están dirigidos a la población integrante del sector pesquero o que presenten beneficios para el resto del territorio de la zona pesquera.
  • e. Ser pymes.

B. Para PROYECTOS NO PRODUCTIVOS:

  • a. Cofradías de pescadores y sus federaciones.
  • b. Asociaciones profesionales del sector pesquero y sus federaciones.
  • c. Entidades sin ánimo de lucro integradas solo por cofradías de pescadores y/o asociaciones del sector pesquero.
  • d. Entidades públicas locales.
  • e. Asociaciones declaradas de utilidad pública.
  • f. Entidades sin ánimo de lucro que tengas entre sus objetivos: fomentar las actividades náuticas, promocionar los productos pesqueros del territorio, fomentar el ambiente marino y costero, promover el patrimonio cultural marítimo pesquero.
Proyectos Subvencionables

A. Proyectos que cumplan alguno de los siguientes objetivos:

  • 1. Aumento del valor, creación de empleo, atracción de la juventud y promoción de la innovación en todas las fases de la cadena de suministración de los productos de la pesca y de la acuicultura.
  • 2. Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial, el aprendizaje permanente y la creación del empleo en las zonas pesqueras y acuicolas.
  • 3. Impulso y aprovechamiento del patrimonio ambiental de las zonas pesqueras y acuícolas, incluidas las operaciones de mitigación del cambio climático.
  • 4. Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo.​
  • 5. Refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales.

B. Los Proyectos que tengan encuadramiento en la Estrategia de desarrollo local de cada EDLP y se clasificarán en:

  • 1. Proyectos productivos: aquellos que supongan la realización de una actividad económica con fin lucrativo y que creen o mantengan un nivel de empleo.
  • 2. Proyectos no productivos: los que tengan un interés público o colectivo y no supongan inicio o desarrollo de actividad económica.

C. Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • 1. Contribuir a los objetivos de la estrategia de desarrollo local participativo aprobada por la zona pesquera donde se vayan a desarrollar.
  • 2. Estar localizados en el ámbito territorial elegible de cada GALP.
  • 3. Ser viables técnica y económicamente.
  • Ajustarse a la normativa sectorial que resulte de aplicación para cada tipo de proyecto.
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO:​​

Mantener el destino de la inversión en infraestructuras o inversiones productivas durante 5 años posteriores a la fecha de resolución del pago final de la subvención o de 3 años en caso de mantenimiento de inversiones o puestos de trabajo creados por las pymes.

Gastos Subvencionables​​

Los gastos subvencionables son los costes efectivamente asumidos por el perceptor de una subvención y que se ajusten a los siguientes requisitos:

  • – Contraerse a lo largo de duración de la acción.
  • – Ser pagados por la persona beneficiaria con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
  • – Consignarse el presupuesto estimado total del proyecto.
  • – Ser necesarios para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención.
  • – Ser identificables y verificables.
  • – Cumplir con lo dispuesto en la legislación fiscal.
  • – Ser razonables y justificados y cumplan con el principio de buena gestión financiera.
  • – No haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

Se admiten gastos de proyectos técnicos, estudios técnicos de validación de proyectos y dirección de obra hasta un 12% del gasto de inversión total

Plazo de Presentación de Solicitudes

1 de marzo de 2021

Plazo de ejecución

Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 31 de octubre de 2021

Cuantía máxima de la ayuda

1. Para PROYECTOS PRODUCTIVOS:

  • • Hasta el 50 % sobre inversiones productivas.
  • • En caso de operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal la ayuda podrá ser hasta el 80%.
  • • En caso de cofradías de pescadores y asociaciones profesionales del sector pesquero, para los proyectos productivos la ayuda no superará el 80% de la inversión.

2. Para PROYECTOS NO PRODUCTIVOS:

  • • Hasta el 50 % del gasto subvencionable.
  • • Pueden llegar al 100 % en caso de que el proyecto responda a intereses colectivos, beneficiario colectivo y ofrecer acceso público al resultado.
Presupuesto

394.000 €

Concurrencia competitiva