
Podrán beneficiarse de esta ayuda?
Pymes o personas trabajadoras autónomas que tengan subscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayuda y deberán contar con un mínimo de 6 personas trabajadoras a la fecha de presentación.
En el caso de la Línea II, Planes de igualdad, deberán contar con un mínimo de 10 personas trabajadoras. También podrán presentarse empresas con agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en Galicia que deberán tener contratado en la CCAA un mínimo de 8 personas o de 10, en caso de planes de igualdad.
No se concederá ayuda a las empresa que ya fuesen beneficiarias de esta ayuda, por los mismos conceptos, en años anteriores. No obstante, para la línea III, no se concederá ayudas a empresas que fuesen beneficiarias por la cantidad máxima subvencionable, en convocatorias anteriores.
En la Línea III, sublínea 1 quedan excluidas las empresas del sector TIC
Qué proyectos se subvencionan?
Se subvenciona la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de RSE. Podrán ser: Empresa Familiarmente Responsable – EFR (Conciliación), Global Reporting Initiative (GRI); United Nations Global Compact (Pacto Mundial); ISO 19600, SGE 21, Global Accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente); OSHAS 18000 (seguridad y salud laboral); SA8000, IQNet SR 10, BEQUAL (discapacidad).
Cuantía de la ayuda
- – 80 % con un máximo de 3.000 € por empresa o grupo de empresas.
Qué proyectos se subvencionan?
Dirigido a empresas que implanten de FORMA VOLUNTARIA un plan de igualdad (cuando la empresa lo pacte con la representación de los trabajadores)
Dirigido a empresas que implanten, EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN establecida en convenio colectivo de ámbito superior al de empresa, un plan de igualdad y que se deberá acordar con la representación de los trabajadores o en su defecto con las personas trabajadoras.
Se subvencionan:
- – Gastos de elaboración de un diagnóstico de la realidad de la empresa desde la perspectiva de género.
- – Gastos derivados de la elaboración de un plan de igualdad.
- – Gastos derivados de la primera fase de implantación de las medidas prioritarias previstas en un plan de igualdad.
- – Gastos de contratación a jornada completa y como mínimo de un año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad.
Cuantía de la ayuda
- – Proceso de diagnostico previo: 80% con un máximo de 3.000 € por empresa de hasta 20 trabajadores y hasta 5.000 € en empresas en los demás supuestos.
- – Elaboración plan de igualdad: 80% con un máximo de 1.500 € por empresa de hasta 20 trabajadores y hasta 3.000 € en empresas en los demás supuestos.
- – Implantación de medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad: 80% con un máximo de 1.000 € por empresa de hasta 20 trabajadores y hasta 2.000 € en empresas en los demás supuestos.
- – Contrato como mínimo de 1 año de una persona experta en igualdad: 12.000 €.
En caso de que la solicitud sea para todas las fases a), b) y c) la ayuda será de como máximo 5.500 € en empresas de hasta 20 trabajadores y de 10.000 € para los demás supuestos
A) Sublínea 1. INCENTIVOS FOMENTO TELETRABAJO
Qué proyectos se subvencionan?
Formalización de un acuerdo de teletrabajo por un período no inferior a 2 años con una persona vinculada a la empresa con contrato laboral y jornada completa, con una antigüedad de pro lo menos un año.
Contratación ex novo personal en la modalidad de teletrabajo a jornada completa y firmen con la persona trabajadora un acuerdo que regule esta situación por un período no inferior a 2 años.
Cuantía de la ayuda
- – 3.000 € por trabajador con el límite de 12.000 € por empresa. Se puede incrementar en 1.000 e si la tasa de ocupación femenina es igual a la masculina.
B) Sublínea 2. INCENTIVOS FOMENTO TELETRABAJO
Qué proyectos se subvencionan?
Establecimiento de medidas de flexibilidad horaria tales como: sistemas de compensación de días y horas, jornada laboral continua o semanal laboral comprimida, trabajo a tiempo parcial, permisos parciales en caso de emergencias familiares y por un período no inferior a 2 años. En caso de personas trabajadoras autónomas deberán acordarlo con todo el personal trabajador por cuenta ajena.
Cuantía de la ayuda
- – 3.000 € por trabajador con el límite de 12.000 € por empresa. Se puede incrementar en 1.000 e si la tasa de ocupación femenina es igual a la masculina.
C) Sublínea 3. INCENTIVOS FOMENTO TELETRABAJO
Qué proyectos se subvencionan?
Se subvenciona la puesta en marcha de medidas de conciliación tales como: habilitación de servicios de comedor, guardería, lugares adaptados para el reposo de trabajadoras embarazadas o salas de lactancia.
Cuantía de la ayuda
- – 80% de la inversión, con un máximo de 10.000 € por empresa. Se puede incrementar en un 10% si la tasa de ocupación femenina es igual a la masculina.
Cúal es el plazo de presentación de las solicitudes?
Hasta el 14 de marzo de 2019
Cúal es el plazo de ejecución?
Desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019
Presupuesto:
1.504.198 €
Concurrencia competitiva