
BOE núm 103 del día 28 de Abril de 2018
Serán benificiarios de esta ayuda:
Las empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones, de entre 30 y 250 personas trabajadoras que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Actividades y Gastos subvencionables:
- 1. Elaboración de un diagnóstico de situación en la entidad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que incluya datos estadísticos desagregados por sexo
- 2. La elaboración de un plan de igualdad que recoja medidas que corrijan las deficiencias detectadas en el diagnóstico.
El plan de igualdad puede ser elaborado por personal de la propia entidad o por encargo a una entidad externa especializada hasta un porcentaje, en este último caso, que no exceda del 50% del importe subvencionable.
Cuantía subvencionable:
La cuantía de subvención será de 9.000 € para cada entidad subvencionada.
Plazo de presentación de la solicitudes: 22 de mayo de 2018.
La presentación se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático
Plazo de realización de la actividad subvencionable:
Desde la fecha de resolución de concesión y hasta el 31 de agosto de 2018
Plazo de justificación:
Se deberá justificar documentalmente la realización del diagnóstico de situación de la entidad en materia de igualdad de oportunidades y de trato y la elaboración del plan de igualdad en la entidad. Ambos documentos deberán presentarse para su control y valoración antes del 31 de marzo de 2019. Asimismo deberá acreditarse documentalmente entre el 1 y el 15 de septiembre de 2018 la implantación de las acciones correspondientes a la primera fase del plan, entendiéndose que, como mínimo, se deberá acreditar la realización de al menos tres actuaciones de las definidas como prioritarias en el plan.