La Unión Europea promueve, dentro de las medidas para la organización común del mercado vitivinícola, la realización de programas de promoción de vino en terceros países, cofinanciando, junto con los beneficiarios interesados, los gastos derivados de dichos programas. – Código de procedimiento: MR440D
Descarga bases reguladoras – DOG núm 231 de 4 de Diciembre de 2019
Podrán beneficiarse de esta ayuda?
  1. Empresas vinícolas en las que más del 50% de su facturación provenga del sector del vino, o cuya producción supere los 1.000 hl de acuerdo con el último ejercicio cerrado.
  2. Organizaciones de productores vitivinícolas, asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas.
  3. Organizaciones interprofesionales y organizaciones profesionales que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino y que estén reconocidas en el ámbito nacional teniendo entre sus fines la realización de actividades de promoción.
  4. Órganos de gestión y representación de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vitivinícolas.
  5. Asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización de vinos. Se entiende como tales las agrupaciones de productores, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que puedan llevar a cabo los proyectos para los cuales se agruparon.
  6. Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellos o por sus asociado.
  7. Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entro sus fines la promoción exterior de vinos.
Qué proyectos se subvencionan?
  1. 1. Relaciones públicas y medidas de promoción y publicidad. Incluye: Misiones comerciales, campañas publicitarias, promoción en puntos de venta, portales web para promoción exterior, redes sociales, Misiones inversas, oficinas de información, gabinete de prensa, presentación de productos.
  2. 2. Participación en manifestaciones: ferias y exposiciones de importancia internacional.
  3. 3. Campañas de información: Encuentros empresariales, profesionales, líderes de opinión y consumidores; jornadas, seminarios, catas, degustaciones.
  4. 4. Estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales.
  5. 5. Evaluación de los resultados de las medidas de promoción e información. Incluye estudios de evaluación de resultados de las medidas de promoción.

Se considerarán elegibles todos los terceros países y serán prioritarios los recogidos en el anexo VII.

Qué gastos se subvencionan?
  1. • Gastos de viaje (vuelos).
  2. • Alojamiento, manutención y comidas colectivas.
  3. • Gastos de material promocional.
  4. • Gastos de envío de muestras.
  5. • Gastos de alquiler de instalaciones, stand, etc.. para las acciones de promoción.
  6. • Gastos de asistencia externa.
  7. • Gastos administrativos.
  8. • Gastos de personal que se produzcan con motivo de preparación, ejecución o seguimiento de la operación subvencionada.
Cuantía subvencionable:

50 % del gasto subvencionable.

Plazo de presentación de las solicitudes:

Hasta el 14 de enero de 2020.

Plazo de ejecución de los proyectos:

Desde el 1 de mayo de 2020 hasta el 30 de abril de 2021.

Presupuesto:

2.100.000 €

Concurrencia competitiva.