Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. – Código de procedimiento: IN417Y
Descarga bases reguladoras – DOG núm 12 de 20 de Enero de 2020
Podrán beneficiarse de esta ayuda?
  • Empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector servicios o industria.

    • Actividades sector servicios: secciones G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T o U del CNAE 2009.
    • Actividades sector Industrias: Sección B, C o D del CNAE 2009 con excepción de la industria extractiva energética, la de refinación de petróleo y biocombustible, empresas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica.
  • Empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.
Qué proyectos se subvencionan?
  1. AE – Auditorias energéticas.
  2. SX – Implantación de sistemas de gestión energética.
  3. PAEI – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industrial y ESE.
  4. PAES – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector servicios.
Cuantía subvencionable:
  • Auditorías energéticas: La ayuda será en función al consumo de energía final y puede ser desde 4.000 € hasta 25.000 €.
  • Implantación de sistemas de gestión: La ayuda será en función al consumo de energía final y puede ser desde 6.000 € hasta 30.000 €.
  • Proyectos de ahorro y eficiencia energética: la ayuda será de un 35% incrementándose en un 15% en caso de pequeñas empresas y en un 10 % en caso de medianas empresas. Cuantía de ayuda máxima 100.000 €.
Qué gastos se subvencionan:
  • Auditorías energéticas: Realización de auditorias energéticas que analicen de forma integral el proceso productivo del centro de trabajo de la empresa y que propongan medidas de reducción de consumo energético. No son subvencionables auditorias energéticas obligatorias por ley, en concreto, las referidas a grandes empresas ni la realización de auditorías en centros de trabajo con consumo energético anual inferior a 25 tep.
  • Implantación de sistemas de gestión certificados conforme a la norma 50.001.: Serán subvencionables los gastos de empresas consultoras especializadas, gastos de auditoria energética previa, gastos de certificación y costes de equipos de medida de consumo energético asociados a la implantación del sistema de gestión. No será subvencionable la implantación de sistemas en centros de trabajo con consumo energético anual inferior a 25 tep
  • Proyectos de ahorro y eficiencia energética:
    • Inversiones en substitución o mejora de equipos e instalaciones consumidoras de energía del proceso productivo del sector industrial, así como sistemas auxiliares por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejora tecnológica disponible. Ahorro energético mínimo del 5% respecto al consumo inicial.
    • Renovación o mejora de equipamientos de instalaciones existentes de producción de calor y frío por otras de alta eficiencia energética. El ahorro energético mínimo será del 20%.
    • Mejora de la eficiencia energética de instalaciones de iluminación existentes que lleven asociada una reducción anual del 40%.
    • Nuevas instalaciones de cogeneración y de generación y consumo de biogás que contribuyan a aumentar la eficiencia energética de la empresa. El ahorro energético será del 20%.
    • Cualquier otra actuación que implique ahorro energético mínimo de un 20%.
    • Implantación de medidas de contabilización, monitorización y telegestión del consumo de energía asociados a actuaciones de ahorro para las que se solicita ayuda.

Serán subvencionables el precio de los equipamientos, su montaje y su puesta en marcha.

Inversión mínima 10.000 € por actuación y el proyecto puede incluir varias actuaciones, salvo en caso de auditorías energéticas cuya inversión mínima será de 3.000 € auditoría.

Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes.

Plazo de ejecución de los proyectos:

Desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 30 de septiembre de 2020.

Plazo de presentación de las solicitudes:

20 de febrero de 2020.

Presupuesto:

3.500.000 €

Concurrencia competitiva.