
El pasado 17 de Diciembre de 2020 se publicó en el BOE la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, con efectos 1-1-2020.
Esta norma establece que, tanto las ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores, como las que se destinen a la adquisición de una participación en el capital de empresas agrícolas societarias, previstas en ambos casos en el Marco Nacional de Desarrollo Rural de España, podrán imputarse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por cuartas partes en el período impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes.