Inmersos en los efectos devastadores de la pandemia COVID originada en 2020, es más urgente que nunca propiciar una recuperación económica, en la que la industria juegue un papel relevante. Estas ayudas propiciaran la realización de inversiones en la adquisición de nuevas máquinas herramienta que formen parte del proceso productivo de las pequeñas y medianas empresa industriales y que contribuyan a su modernización dentro del territorio nacional.

Descarga bases reguladoras – BOE núm 241, 08-Octubre-2021
BENEFICIARIOS

PYMES del sector industrial que hayan desarrollado la actividad al menos durante un periodo de tres años de manera ininterrumpida. Se entiende por sector industrial los siguientes CNAE:

  • Del 10 al 32.
  • 383, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla).
  • 33, siempre y solo cuando se proporcionen dichos servicios directamente a la industria manufacturera (CNAE 10 a 32), a alguna de las actividades encuadradas en la CNAE 35, o a las actividades de tratamiento de aguas para uso industrial o de desalinización de agua de mar o aguas subterráneas para obtener agua como producto principal, encuadradas en la CNAE 36 (excepto las actividades de reparación y el mantenimiento de armas de fuego y munición, la reparación y el mantenimiento de carros de supermercado, reparación de extintores, reparación y mantenimiento de tractores agrícolas, reparación y mantenimiento de maquinaria agropecuaria y forestal, máquinas expendedoras automáticas, cajas registradoras, fotocopiadoras, reparación de calculadoras, electrónicas o no, reparación de máquinas de escribir, reparación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos, de equipos e instrumentos ópticos, reparación y mantenimiento de equipos de alumbrado eléctrico y reparación y mantenimiento de dispositivos de cableado portador o no de corriente para circuitos eléctricos y las actividades encuadradas en las CNAE 33.19 y 33.20).
  • 5210, con excepción de los servicios de digitalización y almacenamiento de archivos y documentos.
  • 7112, 7120 (con excepción de la explotación de laboratorios policiales, el análisis arqueobotánico, la inspección de tuberías petrolíferas, la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares, la inspección técnica de vehículos, las pruebas de composición y pureza de los minerales o las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: contaminación del aire y del agua).
  • 8292, con excepción de las actividades de embalaje de paquetes y la envoltura de regalos.
INVERSIONES SUBVENCIONABLES

Inversiones de un mínimo de 70.000 euros (IVA excluido), realizadas en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • 1. Supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
  • 2. Supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.
  • 3. Impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.​
GASTOS SUBVENCIONABLES

Tornos, Fresadoras, Mandrinadoras, Taladros, Roscadoras, Rectificadoras, Afiladoras, Pulidoras, Amoladoras, Centros de mecanizado, Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado, Brochadoras, Máquinas de electro-erosión, Máquinas de centrar y refrentar, Prensas mecánicas, Prensas hidráulicas/neumáticas, Servoprensas, Punzonadoras, Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta, Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas, Talladoras/Máquinas de roscado, Equilibradoras, Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites, Paneladoras para el trabajo de la chapa, Sierras, Biseladoras, Mortajadoras, Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos, Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos, Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos, Máquinas para grabar, marcar y/o puntear, Remachadoras, Granalladoras, Equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva.

Todas las máquinas herramienta deberán ir provistas del correspondiente marcado CE y declaración de conformidad y número de serie.

Los gastos de instalación (excluida la obra civil) y puesta en marcha no superarán en ningún caso el 15 % del presupuesto de adquisición de las máquinas herramienta.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 09 de octubre de 2021 hasta el 02 de noviembre de 2021

PLAZO DE EJECUCIÓN

Desde la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de 15 meses desde la fecha de la resolución de concesión.

CUANTÍA SUBVENCIONABLE
  • a) 20% del importe subvencionable para las pequeñas empresas, con un máximo de 175.000 euros por máquina y un máximo de 300.000 euros.
  • b) 10% del importe subvencionable para las medianas empresas, con un máximo de 175.000 euros por máquina y un máximo de 300.000 euros.
PRESUPUESTO

50.000.000,00 euros.

CONCURRENCIA COMPETITIVA