
Podrán beneficiarse de esta ayuda?
Las empresas privadas que realicen actividades reguladas por la Ley 22/1973 de 21 de julio de minas dentro del territorio de la CCAA de Galicia (empresarios, personas físicas que ejerzan actividad económica a título individual o familiar, así como sociedades de personas que ejerzan una actividad económica de forma regular).
Qué actividades se subvencionan?
La concesión de ayudas tiene por objeto incentivar a las empresas mineras a la aplicación de tecnologías innovadoras y la implantación de las mejores técnicas y medidas organizativas disponibles para la lucha contra las enfermedades profesionales, en especial al polvo y al ruido en el sector minero de Galicia.
Serán subvencionables dos líneas de actuación:
- Línea A: inversiones destinadas a mejorar la calidad del ambiente atmosférico de la zona afectada por la actividad minera, en especial mediante la reducción de las emisiones de polvo y ruido.
- Línea B: inversiones destinadas a mejorar las condiciones laborales en especial la reducción de la exposición al polvo y al ruido de los trabajadores en sus puestos de trabajo.
Cúal será la cuantía de las ayudas?
- Línea A: 60% de la inversión en caso de pequeñas empresas, 50% en caso de medianas, 40% en caso de grandes empresas con una subvención máxima de 300.000 €
- Línea B: 60% de la inversión en caso de pequeñas empresas, 50% en caso de medianas, 40% en caso de grandes empresas con una subvención máxima de 200.000 €
Plazo de presentación de las solicitudes:
8 de julio de 2019
Plazo de ejecución y justificación de los proyectos:
Hasta el 25 de noviembre de 2019
Presupuesto:
2.400.000 €
Concurrencia competitiva