Las ayudas a la Digitalización Industria 4.0 representan una oportunidad para las empresas gallegas (Talleres y PYMES) de obtener financiación para proyectos que mejoren sus capacidades tecnológicas. – Código de procedimiento: IG239, IG240

Descarga bases reguladoras – DOG núm 134, 7-Julio-2020
A. TALLERES
Podrán ser beneficiarios

Organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia:

  • 1. Entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa o clúster empresarial.
  • 2. Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica e inscritos en el registro de Ciencia e Innovación.
Proyectos Subvencionables:
  • Espacios de encuentro entre empresas para explorar soluciones tecnológicas y vías de colaboración que den lugar a proyectos de implementación de herramientas digitales colaborativas sectoriales.
  • Deberá tener lugar, al menos, una reunión mensual presencial la cual tendrá que documentarse en vídeo o por escrito acompañada de fotografías.
  • Deberán participar como mínimo 6 empresas distintas.
Gastos Subvencionables:
  • – Colaboraciones externas para la dirección y dinamización de los grupos de empresas
  • – Gastos de personal del organismo intermedio:
    • Hasta un 10% del presupuesto total del proyecto en concepto de gastos de coordinación y selección de participantes si se contrata a un colaborador externo para la dirección y dinamización del taller.
    • 100 % del presupuesto total cuando la dinamización la realiza el organismo con personal propio. En este caso deberá acreditar experiencia de 3 proyectos de dirección y dinamización en los 3 años anteriores a la solicitud.
Cuantía de la ayuda

100 % de ayuda sobre el gasto subvencionable con el límite máximo de 25.000 €.

Plazo de ejecución:

Desde la presentación de la solicitud hasta el 15 de septiembre 2021.

Presupuesto:

400.000 €

B. AYUDAS A PYMES
Podrán ser beneficiarios

Pymes que sean sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto. Quedan exceptuadas los sectores: pesca y acuicultura, producción agrícola primaria, acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte, infraestructura conexa, producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas

Proyectos Subvencionables:

Destinadas a la puesta en marcha de proyectos cuya finalidad sea la implantación de soluciones para soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una pyme gallega y otras empresas o entre dos o más pymes gallegas como pueden ser ordenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las pymes que conforman la cadena de valor.

  • a) Proyectos colectivos en los que un grupo de empresas (mínimo 2) abordan una de las siguientes tipologías de proyecto:
    • – Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
    • – Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
  • b) Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
    • – Desarrollo de una interface digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
    • – Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares), interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (intelegicencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.
    • – Sistema de inteligencia artificial, aprendizaje automática y toma de decisiones autónomas.
Gastos Subvencionables:
  • a) Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridos en propiedad. Se excluyen adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte y equipamiento de oficina excepto elementos informáticos.
  • b) Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto.
Cuantía de la ayuda
  • – 30 % de las inversiones materiales e inmateriales para pequeñas empresas y un 20 % para las medianas.
  • – 50% de los gastos de colaboraciones externas.
Plazo de ejecución:

Desde la presentación de la solicitud hasta el 15 de noviembre de 2020 o el 15 de noviembre de 2021.

Presupuesto:

4.600.000 €

 
Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el 7 de agosto de 2020​.

Concurrencia competitiva.