Ayudas para la puesta en marcha de proyectos tractores y/o la rehabilitación o reforma, que tengan un efecto transformador en el sector turístico de establecimientos en la categoría de hoteles balneario y hoteles talaso de Galicia, con los objetivos de ampliar la oferta existente de alojamientos turísticos con servicio de balneario o talaso, así como lo de promover un turismo de balnearios y talasos sostenible. (Códigos Procedimiento TU985G - TU985H)

TU985G - Proyectos tractores de hoteles balneario y hoteles talaso de Galicia
BENEFICIARIOS
  • + Pequeñas y medianas empresas (en adelante, pymes) y grandes empresas que proyecten llevar a cabo una inversión para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable al amparo de lo regulado en las presentes bases. A estos efectos, las personas solicitantes deberán acreditar la categoría de la empresa de que se trate, pequeña, mediana o grande, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
  • + Se deberá acreditar, por cualquier título válido en derecho, la propiedad de los inmuebles o fincas objeto de la actuación o cualquier otro derecho que autorice a la persona beneficiaria para realizar la inversión subvencionada y que permita, igualmente, la explotación del establecimiento durante todo el plazo de duración de la obligación de mantener la actividad prevista en el artículo 10 de estas bases.
TU985H - Rehabilitación o reforma de hoteles balneario y hoteles talaso de Galicia
BENEFICIARIOS
  • + Personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y que tengan inscrito y autorizado o clasificado, conforme establezca la normativa turística en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT), el establecimiento turístico para el que se solicita la ayuda
  • + Las pequeñas y medianas empresas (en adelante, pymes) y grandes empresas que proyecten llevar a cabo un proyecto localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable al amparo de lo regulado en las presentes bases. A estos efectos, las personas solicitantes deberán acreditar la categoría de la empresa de que se trate, pequeña, mediana o grande, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

En ambos casos NO podrán obtener la condición de beneficiarias:

  • a) Las empresas en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable de la entidad solicitante.
  • b) Las empresas que se encuentren en situación de crisis.
  • c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les fuese otorgada con anterioridad.
  • d) Aquellas entidades que fuesen sancionadas con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia de turismo por la Agencia de Turismo de Galicia en los últimos 2 años.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 18 de Mayo hasta el 18 de Julio de 2025​​.​

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA (por orden de entrada de solicitud)
Descarga bases reguladoras
DOG núm 88, 9-Mayo-2025