Ayudas para incentivar en las empresas mineras la aplicación de tecnologías innovadoras y la implantación de las mejores técnicas y medidas organizativas disponibles para la lucha contra las enfermedades profesionales, en especial las derivadas de la exposición al polvo y al ruido, en el sector minero de Galicia. Código de procedemento: IN317A

Descarga bases reguladoras – DOG núm 30, 15-Febrero-2021
BENEFICIARIOS

Empresas privadas que realicen actividades reguladas por la Ley 22/1973 de 21 de julio de minas dentro del territorio de la CCAA de Galicia y cuenten con el título de carácter administrativo ue resulte preceptivo para el desarrollo de dichas actividades. Empresarios, personas físicas que ejerzan actividad económica a título individual o familiar, así como sociedades de personas que ejerzan una actividad económica de forma regular.

GASTOS SUBVENCIONABLES

LÍNEA A: Inversiones destinadas a mejorar la calidad del ambiente atmosférico de la zona afectada por la actividad minera, en especial mediante la reducción de las emisiones del polvo y ruido.

LÍNEA B: Inversiones destinadas a mejorar las condiciones laborales, en especial la reducción de la exposición al polvo y ruido de los trabajadores en sus puestos de trabajo.

CUANTÍA SUBVENCIONABLE

LÍNEA A: 60% de la inversión en caso de pequeñas empresas, 50% en caso de medianas, 40% en caso de grandes empresas con una subvención máxima de 300.000 euros.

LÍNEA B: 70% de la inversión en caso de pequeñas empresas, 60% en caso de medianas, 50% en caso de grandes empresas con una subvención máxima de 200.000 euros.

PLAZO DE EJUCIÓN JUSTIFICACIÓN DE PROYECTOS

LÍNEA A: Desde la fecha de presentación de solicitud hasta el 12 de noviembre de 2021.

LÍNEA B: Desde la fecha de presentación de solicitud el 1 de julio de 2020 hasta el 12 de noviembre de 2021.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

​​Desde el 8 de marzo hasta el 7 de abril de 2021.

PRESUPUESTO

​​1.016.839 €

Concurrencia no competitiva