Ayudas a la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. (Código de procedimiento: MR406E)

Descarga Bases Reguladoras – DOG núm 84, 2-Mayo-2022
BENEFICIARIOS
  • 1. Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tengan la consideración de pymes.
  • 2. Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el impuesto de actividades económicas siempre que tenga la consideración de pymes.
  • 3. Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real decreto ley36/2020, de 30 de diciembre que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de pymes y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.
  • 4. Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de pymes, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda..

REQUISITOS

  • + En materia de empleo, tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
  • + Prestar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en España.
  • + Contribuir a la creación y mantenimiento en España de todo el empleo necesario para la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional.

EXLUSIONES

  • + Con carácter general, aquellas que entren en la categoría de empresa en crisis según el nº 18 del artículo 2 del Reglamento 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
  • + Que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que tenga declarada una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • + Aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Inversión en maquinaria, licencias de software y equipos agrarios.

Requisitos de los proyectos:.

  • a) El proyecto de inversión debe acompañarse de una memoria descriptiva que incluirá la Evaluación por un técnico cualificado de la compatibilidad de la maquinaria con las tecnologías presentes en la explotación:
    • a.1) Número de potenciales usuarios y hectáreas o cabezas de ganado.
    • a.2) Objetivo u objetivos de los citados en el artículo 38.2 letra c), que se pretenden alcanzar con las inversiones realizadas.
    • a.3) Un plan de difusión donde se recoja la planificación de al menos una jornada durante el año posterior a la adquisición y el compromiso de participación en al menos una jornada de demostración que organice las autoridades competentes. Se excluye de este requisito a los solicitantes descritos en el apartado a) del artículo 37.1.
    • a.4) Un plan de formación con una duración mínima de 25 horas que garantice el correcto uso y la aplicación práctica de las tecnologías objeto de este programa de apoyo, que podrá organizar el comercializador, las organizaciones profesionales agrarias u otros agentes del medio rural. La duración exigida para el plan de formación puede resultar de la suma de diferentes cursos o programas de formación sobre agricultura de precisión en general y sobre el uso de la inversión realizada en particular, incluyendo el curso de puesta en marcha, realizados por el solicitante siempre y cuando los objetivos sean los definidos en este programa de apoyo.
  • b) La cuantía del proyecto debe superar un importe mínimo de 5.000 euros​
GASTOS SUBVENCIONABLES
  • + Los costes de la evaluación. Tales gastos, para ser admitidos como coste elegible, deberán de encontrarse debidamente contemplados y detallados en documento u oferta vinculante contractual formalizada con el empresario o profesional correspondiente, cuya copia se acompañará junto con el resto de documentación que debe acompañar a la solicitud de ayuda. En ningún caso se admitirá que tales gastos superen el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 10.000 euros por expediente.
  • + Los gastos de contratación de los servicios de asesoramiento especializado en el uso de la maquinaria y dispositivos para laaplicación práctica de las tecnologías objeto de este programa de apoyo, cuyo importe máximo no superará en ningún caso el 10 % de la cuantía correspondiente al proyecto de inversión solicitado.
  • + La adquisición de licencias de software, maquinaria y equipos agrarios incluídos en el siguiente listado:

Listado licencias de software, maquinaria y equipos agrarios

(1) Al menos uno de los requisitos para que pueda ser considerado agricultura de precisión. Si se opta por las fases más avanzadas de desarrollo de máquinas, deberán contener las funciones anteriores.
(2) Aparte de los implícitos en la propia definición.
Trabajo variable: tecnologías que permiten distribuir insumos de forma diferente para adaptarse al estado del cultivo o del terreno en toda la explotación agrícola. La propia máquina o dispositivos instalados deben recoger y almacenar la información asociada a las operaciones realizadas.
Mapeo: tecnologías que permiten geolocalizar y vincular a un momento del tiempo la información recogida y/o almacenada por la máquina o dispositivos acoplados a esta relativa a diferentes aspectos del trabajo realizado.
Comunicación: tecnologías que permiten a una máquina comunicarse con otras máquinas y/o software del propio fabricante o de otros, mediante cables o de manera inalámbrica.

EXCLUSIONES

  • - Las tasas, impuestos o tributos.
  • - Los servicios prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con el beneficiario último de la ayuda, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artículo 68.2 del teglamento de la Ley general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2005, de 21 de julio.

REQUISITOS DE LA MAQUINARIA

  • - Deben ser máquinas y equipos de primera adquisición.
  • - Tendrán que ser compatibles con las máquinas auxiliares presentes en la explotación o con las que deban funcionarconjuntamente, ya sean adquiridas dentro del objeto de este programa de ayudas o ya estén disponibles en la explotación.
  • - Su adquisición irá orientada a alguno de los objetivos siguientes y así se justificará en la memoria:
    • 1º Mejora de la gestión ganadera.
    • 2º Reducción del uso de productos químicos, en particular productos fitosanitarios y fertilizantes.
    • 3º Control de trazabilidad y calidad en los cultivos en la fase de siembra y en el laboreo. Reducción de la erosión.
    • 4º Control de trazabilidad y calidad en la recolección.
    • 5º Reducir la emisión de gases de efecto invernadero y la disminución combustible necesaria.
  • - En caso de que sea un dispositivo que actualice una máquina existente, debe ser compatible con la misma.
  • - Período durante el que se deben destinar los bienes al fin concreto: 5 años.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 3 de mayo de 2022 hasta el 4 de julio de 2022.​​

PLAZO DE EJECUCIÓN

18 meses desde la concesión de la subvención.

CUANTÍA DE LA AYUDA

La intensidad máxima de la ayuda será del 40 % de los costes elegibles. La cuantía máxima de la ayuda será de 300.000 euros.

Este límite podrá incrementarse 20 puntos porcentuales, en el caso de las inversiones colectivas, las realizadas por los consorcio u otra forma de colaboración público-privada o de beneficiarios que tengan la condición de jóvenes agricultores

PRESUPUESTO

1.871.536,00 €

CONCURRENCIA COMPETITIVA