Selección de entidades colaboradoras que participarán en la gestión de las ayudas para la realización de los cursos para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, curso de ampliación y permisos de conducción de las clases C y/o D, para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional (Código de procedimiento IF310F)

BENEFICIARIOS/AS
  • + Las empresas autorizadas como centros de formación CAP, para impartir los cursos de formación inicial, por las administraciones públicas competentes para el otorgamiento de autorización de transporte público, que se denominarán «empresas CAP».
  • + Las autoescuelas que otorguen la formación y las prácticas correspondientes para la obtención de los permisos de conducción C y/o D.
  • + Las «empresas CAP» y las autoescuelas deben tener su domicilio social o una sucursal abierta en la Comunidad Autónoma de Galicia y acreditar las condiciones de solvencia técnica y económica que se establecen en este artículo.
OBLIGACIONES
  • 1. Formalizar el convenio de colaboración entre ellas y la Dirección General de Movilidad, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por aquellas
  • 2. Realizar, ante la Dirección General de Movilidad, los trámites para solicitar la ayuda.
  • 3. Comprobar inicialmente los requisitos de los solicitantes de la ayuda y del conjunto de la actuación.
  • 4. Cubrir convenientemente los formularios de solicitud de ayuda y solicitud de pago.
  • 5. Impartir los cursos necesarios para la obtención de la cualificación inicial, tanto ordinaria como acelerada, o para la obtención del CAP en la modalidad de «ampliación o promoción», de conformidad con lo establecido en el Real decreto 284/2021, de 20 de abril, así como impartir la formación y las prácticas correspondientes para la obtención de los permisos de conducción C y/o D.​
  • 6. Exhibir en las dependencias de los centros de formación y de las asociaciones/federaciones, durante la vigencia del programa, un cartel de «promoción» de este, en el
    que se informe de que se trata de una entidad colaboradora adherida conforme al modelo que se pondrá a disposición en la página web de la Dirección General de Movilidad.
  • 7. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de los órganos competentes de la Administración autonómica, estatal y comunitaria en el ejercicio de sus funciones.
  • 8. Cumplir con los criterios establecidos en el convenio suscrito con la Dirección General de Movilidad.
  • 9. Actuar en nombre y a cargo de la Dirección General de Movilidad a todos los efectos relacionados con la subvención, colaborando en la gestión de las subvenciones.
  • 10. Conservar los justificantes originales y el resto de la documentación relacionada con la ayuda durante un período de dos (2) años desde su concesión.
  • 11. Remitir copia digitalizada de dicha documentación a la Dirección General de Movilidad.
  • 12. Dejar clara constancia en sus registros contables y así facilitar la adecuada justificación de la subvención y la comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13.2.j) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • 13. Cumplir con la normativa establecida para el desarrollo de la convocatoria.
FORMA PRESENTACIÓN SOLICITUDES

Las solicitudes de adhesión se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 13 de agosto de 2025 hasta el 15 de septiembre de 2025.​​​​​​​

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA
Descarga Bases Reguladoras – DOG núm 154, 13-Agosto-2025