Peluquerías, panaderías o fontaneros, entre otros, pueden solicitar la suspensión durante seis meses sin intereses de dichos pagos de mayo, junio y julio.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado finalmente la orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que determina los sectores de actividad en los que las empresas y autónomos podrán solicitar moratorias del pago de cotizaciones sociales de hasta seis meses sin el cobro de intereses.

La Orden Ministerial (ISM/371/2020), ya en vigor, detalla quién puede optar a esta medida aprobada a finales de marzo, en concreto, resultará de aplicación a las empresas y a los trabajadores por cuenta propia cuya actividad económica, entre aquellas que no se encuentren suspendidas con ocasión del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, esté incluida en los siguientes códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) que puedes ver en el archivo pdf disponible para descargar en esta web.