¿Qué domingos y festivos puede abrir el comercio en la Comunidad Gallega en 2024?

Los comercios gallegos podrán abrir durante diez domingos y festivos en 2024, misma cifra que este año, según la orden de la Consellería de Economía, Industria e Innovación que publica el pasado viernes el Diario Oficial de Galicia (DOG).

El primer domingo de apertura será el 7 de enero, coincidiendo un día después del Día de Reyes, siendo tradicionalmente el primer día de rebajas de invierno, que suelen prolongarse hasta finalesde febrero, principios del mes de marzo.

Por su parte, el 28 de marzo, Jueves Santo, también estará permitido que los establecimientos de la comunidad permanezcan abiertos, así como el domingo 30 de junio, que previsiblemente habrá un adelanto de las rebajas de verano, como ya viene ocurriendo en años anteriores, en los que se han adelantando al tradicional 1 de julio.

En la lista de festivos habilitados para abrir se incluye el sábado 12 de octubre, Día de la Hispanidad. Como ya sucede habitualmente, también podrán abrir todos los domingos de diciembre, que cuadran los días 1, 8, 15, 22 y 29. En este mes en el que son habituales las compras navideñas, los establecimientos comerciales también podrán abrir el día 6 de diciembre, Día de la Constitución.

La Xunta subraya que estas jornadas se han fijado tras consultar con los agentes socioeconómicos y teniendo en cuenta "el interés general del comercio y de los consumidores".

En definitiva, los días que los establecimientos comerciales gallegos pueden abrir sus puertas son:

  • 7 de enero
  • 28 de marzo
  • 30 de junio
  • 12 de octubre
  • 1 de diciembre
  • 6 de diciembre
  • 8 de diciembre
  • 15 de diciembre
  • 22 de diciembre
  • 29 de diciembre

Presentación memoria anual

En cumplimiento con la normativa Ley 07/2022, de 8 de abril, todos los productores de residuos peligrosos con autorización, deberán aportar una memoria resumen con un archivo cronológico sobre la actividad de producción de residuos peligrosos correspondientes al año anterior.

El plazo de presentación es antes del 01/03/2023.

¿Quién debe presentar la memoria?
  • + Todos los productores de residuos peligrosos de más de 10 t al año.
  • + Todos los productores de residuos peligrosos de menos de 10 t al año (pequeños productores).

Si desean que se la presentemos, necesitamos el registro de datos proporcionado por su gestor de residuos.

Medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con el objetivo de ahondar en el descenso de la inflación, y reforzar las medidas de apoyo para las familias y los sectores económicos más afectados.

Este Real Decreto-Ley da continuidad al Plan Nacional de respuesta a la Guerra de Rusia en Ucrania aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo, prorrogado y ampliado con normas posteriores, para reducir la inflación y adaptar la economía española al nuevo entorno económico, a la vez que refuerza una red de protección para los colectivos vulnerables y los sectores más afectados.

Las princiaples novedades del Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre, entre otras, son:

  • 1. Se aplicará el 5% del IVA, y 0,625 % del recargo, a los siguientes productos: Los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias. Si la tasa de inflación subyacente de marzo del 2023 sea inferior al 5,5%, a partir del mes de mayo se aplicará el 10% de IVA y el 1,4 % del recargo de equivalencia.
  • 2. Se aplicará el 0% del IVA y del Recargo de equivalencia a los siguientes productos: El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común,; las harinas panificables, determinados tipos de leche, los quesos, los huevos y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Igual que el caso anterior, el tipo impositivo aplicable será el 4 por ciento a partir del día 1 del mes de mayo de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 por ciento. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,5 por ciento.
  • 3. Ayuda de 200 euros para 4,2 millones de familias, con rentas anuales de hasta 27.000 euros.
  • 4. Durante los próximos seis meses se prorrogan las condiciones de los contratos dealquiler en su renovación para evitar subidas abusivas.
  • 5. Ayudas directas a los agricultores de 300 millones, para compensar el aumento de los costes por el encarecimiento de los fertilizantes.
  • 6. Apoyo a la industria gasintensiva con una nueva línea de liquidez del ICO de 500 millones de euros y 450 millones de euros en ayudas para el sector de la cerámica y otros subsectores, además de 3.100 millones de inversión pública a través del nuevo Perte de descarbonización industrial.

En dicho decreto también se especifican las medidas que se modificaron y las que continuarán vigentes a partir del 31 de diciembre, así como las ayudas directas al transporte.